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DIF debe entregar información sobre destino de 447 casos de menores migrantes extranjeros

La comisionada del INAI, Blanca Lilia Ibarra Cadena, advirtió que las niñas, niños y adolescentes migrantes no acompañados son un grupo vulnerable que no solo pone en peligro su bienestar físico y psicológico al dejar atrás su lugar de origen, sino que también puede exponerse a graves violaciones a sus derechos humanos.

DIF debe entregar información sobre destino de 447 casos de menores migrantes extranjeros

DIF debe entregar información sobre destino de 447 casos de menores migrantes extranjeros

La Crónica de Hoy / La Crónica de Hoy

El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF) debe dar a conocer información de los 447 casos de niñas, niños y adolescentes migrantes extranjeros no acompañados que fueron canalizados a Centros de Asistencia Social desde enero de 2019 hasta mayo de 2020.

Así lo mandató el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), quien demandó al SNDIF precisar la nacionalidad del menor, la autoridad encargada de referirlo, la fecha en que se recibió, nombre de la institución y localidad donde se encuentra, el objetivo de referencia, así como la fecha y el motivo de salida del Centro de Asistencia Social.

La comisionada del INAI, Blanca Lilia Ibarra Cadena, advirtió que las niñas, niños y adolescentes migrantes no acompañados son un grupo vulnerable que no solo pone en peligro su bienestar físico y psicológico al dejar atrás su lugar de origen, sino que también puede exponerse a graves violaciones a sus derechos humanos, como el secuestro, el robo, el maltrato físico, la extorsión, la trata de personas, la explotación sexual o el trabajo forzoso.

“Para darnos una idea de la magnitud del fenómeno de la migración de niñas, niños y adolescentes no acompañados por un tutor legal, es preciso referir que, de acuerdo con la Agencia de la Organización de la Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), en 2019, 400 mil solicitudes de asilo fueron realizadas por niñas y niños separados o no acompañados”, estableció.

De acuerdo con la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y su Reglamento, el SNDIF debe diseñar y administrar bases de datos con la información de menores migrantes extranjeros no acompañados y, a su vez, los Centros de Asistencia Social deben llevar un registro de los menores bajo su custodia, el cual se actualiza de manera permanente y se remite al sujeto obligado.

Por ello, el INAI determinó modificar la respuesta del SNDIF, a fin de que realice una nueva búsqueda exhaustiva en los archivos físicos y electrónicos de todas las unidades administrativas competentes y entregue al particular la información requerida de los 447 casos referidos.

ijsm