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Otro revés para Conacyt: deberá pagar a investigadores de instituciones privadas

Se resolvió la primera sentencia definitiva a un grupo de investigadores amparados para que reciban estímulo del SNI · Se espera la misma resolución en otros juzgados y grupos

Científico trabajando en un laboratorio
El año pasado se otorgaron diversas suspensiones provisionales a académicos amparados por los cambios al reglamento del SNI. El año pasado se otorgaron diversas suspensiones provisionales a académicos amparados por los cambios al reglamento del SNI. (TEC)

Después de los cambios al reglamento del Sistema Nacional de Investigadores (SNI) ––realizados en tres ocasiones el año pasado–, y que, entre otras modificaciones, quitó el beneficio económico a investigadores de universidades privadas, la Jueza Tercera de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México concedió un nuevo amparo a diversos académicos afectados por la reforma, esta vez como sentencia. El amparo se suma a varios más concedidos en 2021 contra la medida por considerarla excluyente y discriminatoria.

Entre los cambios publicados en el Diario Oficial de la Federación en abril del 2021 se encuentran los realizados a los artículos 61 y 62 fracción I que señala que para recibir los apoyos económicos por la distinción como miembros SNI, “tendrán que ser personal activo, vigente y remunerado en alguna institución pública de educación superior o en algún centro de investigación del sector público en México”, excluyendo a quienes se desempeñen en alguna universidad privada.

Entre las primeras suspensiones provisionales a la medida se encuentra el amparo interpuesto por la Federación de Instituciones Mexicanas Particulares de Educación Superior (FIMPES), que congrega a mil 600 investigadores de universidades privadas. Posteriormente, se sumaron investigadores de 12 universidades más en noviembre.

Luego de haberse concedido diversas suspensiones, el pasado 31 de enero de 2022 se emitió la primera sentencia de primera instancia por una Jueza de Distrito, concediendo el amparo por considerar que excluir a los investigadores del sector privado de recibir el apoyo económico implica un trato diferenciado injustificado frente a aquellos investigadores adscritos a instituciones o universidades públicas.

La sentencia establece que los investigadores tendrán derecho a seguir disfrutando de los apoyos económicos independientemente de si desempeñaban sus labores académicas y de investigación en una universidad pública o en una privada.

“En la mayoría de los juicios, que se tramitan en diferentes juzgados, se concedió la suspensión para que los investigadores sigan recibiendo sus recursos hasta que haya una sentencia firme. Este juicio es el primero que se resuelve en primera instancia”, refiere a Crónica la defensa legal de los investigadores amparados.

Añade que, así como las medidas cautelares han tenido buena recepción en otros juzgados, sería de esperarse que se obtenga una sentencia en primera instancia como la lograda por su equipo legal. “Esta sentencia es una señal de que el Poder Judicial está respaldando los derechos de los investigadores y consideramos que hay elementos y argumentos para que los demás sigan así”.

Lo subsecuente en el procedimiento legal sería que Conacyt recurra a una segunda instancia ante un Tribunal Colegiado y posteriormente, de forma extraordinaria, llegaría a la Suprema Corte de Justicia de la Nación. La defensa confía en que hay elementos suficientes para confirmar la primera sentencia en caso de que se llegue a una segunda instancia.

De acuerdo con el equipo jurídico, recientemente se ha fortalecido a nivel constitucional el derecho a beneficiarse del desarrollo de la ciencia, la tecnología y la innovación, así como su acceso a ellas, haciendo énfasis en que el apoyo a la libre investigación es una de las garantías más sólidas para que todas y todos disfrutemos de manera plena de ese derecho. “Decisiones como la reforma al reglamento SNI, son resultado de una política que lejos de avanzar hacía ese panorama, va en retroceso”.

Lo lógico, añadió, es que el Poder Judicial, al recibir controversias como la de investigadores de instituciones privadas que se han visto excluidos de recibir su estímulo económico del SNI, otorgue este resultado, porque existen cambios condicionados a instituciones públicas, lo cual es regresivo a algo que ya se había avanzado.

“Ahora estos temas son resueltos por el Poder Judicial, por parte de un sector que históricamente no estaba en controversia con autoridades, específicamente Conacyt. Esta es la primera administración en la que la comunidad científica y académica de manera reiterada se ha visto en la necesidad de recurrir al ejercicio de estos mecanismos de defensa, por lo que seguramente, impulsarán precedentes importantes en el Poder Judicial”.

PEQUEÑO AHORRO .

De acuerdo con un análisis del académico Miguel Ángel Mendez, investigador de la Universidad de las Américas Puebla —que continúa en paro—, de los más de 33 mil miembros del SNI, mil 500 están adscritos a instituciones privadas. “Sin embargo, las distribuciones promedio por nivel no son las mismas en instituciones privadas que públicas. En las privadas cerca del 5% son Nivel III, 13% Nivel III, 47% Nivel I y el 35% candidatos. La erogación por los estímulos es menor al 4% del presupuesto nacional para tal fin”.

Según datos del mismo Conacyt, citó el año pasado, en términos de publicaciones científicas, algunas de estas instituciones privadas —como el Tec de Monterrey (en el lugar 17 de las primeras 100) y la UDLAP (lugar 30)— muestran mayor productividad que universidades y centros públicos de investigación con mayor número de miembros del SNI (datos 1991-2011).

“Lo mismo ocurre al comparar el impacto (citas a producción científica), respecto a instituciones con mayor número de miembros del SNI (e infraestructura científica). Aquí el ITESM (23), UDLAP (31), Ibero (36), ITAM (38), UPAEP (44), UP (59), destacan en el contexto nacional”.

En una carta publicada por la UDLAP junto con la UPAEP a finales del 2020 de la UDLAP y la Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla (UPAEP), las instituciones solicitaban a Conacyt considerar su política hacia los SNI de instituciones privadas:

“La investigación que realizamos los miembros del SNI en instituciones privadas nacionales le representa ahorros al país, al no tener que destinar sueldos, salarios ni gastos de mantenimiento o creación de infraestructura de investigación para nuestra labor, beneficiándose a la vez de la productividad científica de dichos miembros. Estamos seguros de que pueden existir otras estrategias de ahorro, que no impliquen fracturar el ecosistema de investigación e innovación en el que hoy participan tanto instituciones públicas como privadas”.

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