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Ambientalistas denuncian que Semarnat desacata a la SCJN en ampliación del Puerto de Veracruz

Emitió Autorizaciones de Impacto Ambiental que permiten obras de ampliación con documentos que pasan por alto las interacciones negativas contra el Sistema Arrecifal Veracruzano y el Corredor Arrecifal del Suroeste del Golfo de México

La controversia judicial sobre la ampliación del Puerto radica en la falta de una visión integral que evite el daño al sistema arrecifal.

Administración del Sistema Portuario Nacional

Seis organizaciones ambientalistas mexicanas e interamericanas denunciaron que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales de México (Semarnat) desacató una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al emitir Autorizaciones de Impacto Ambiental que permiten obras de ampliación del Puerto de Veracruz, a través de documentos que pasan por alto las interacciones negativas de esas obras con el Sistema Arrecifal Veracruzano y el Corredor Arrecifal del Suroeste del Golfo de México.

El truco encubierto, de acuerdo con las seis organizaciones, consiste en otorgar permiso para obras menores, que son fragmentos de un megaproyecto transformador, contraviniendo el fallo de la Suprema Corte de febrero de 2022 en el que otorgó un amparo a 300 ciudadanos que acusaron a las autoridades federales de México de autorizar obras de ampliación portuaria sin considerar las interacciones ecológicas ni el impacto sobre los arrecifes de esos trabajos de construcción.

La ampliación del Puerto de Veracruz es un proyecto multianual con una inversión calculada en 23 mil millones de pesos, para aumentar la superficie de la terminal de carga 500 hectáreas en agua y 450 en tierra.

Las seis organizaciones denunciantes son el Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (Cemda); la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA); Pronatura Veracruz A.C.; Gente Sustentable A.C., Sendas A.C. y Pueblos Unidos de la Cuenca La Antigua por los Ríos Libres (PUCARL).

AMPLIACIÓN CRITICADA

El proyecto de Ampliación del Puerto de Veracruz comenzó formalmente en el año 2001, siendo Presidente de México Vicente Fox. Ese año, la Administración Portuaria (APIVER) solicitó un estudio para aumentar su competitividad. Entonces fue sugerido agregar 35 nuevas posiciones de atraque para barcos de carga de contenedores.

El estudio original que fundamentaba la ampliación no consideró el impacto de esta obra sobre el Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano (SAV), vecino al Puerto. Posteriormente ocurrieron diferentes trámites y decisiones de gobierno que fueron irregulares y con poca claridad científica, como cambiar el área oficialmente reconocida del Parque Nacional y retirar varios arrecifes del área de protección, con el argumento de que eran arrecifes muertos. Además, el trámite intentó ser justificado a través de 14 evaluaciones de impacto ambiental para obras menores, sin declarar todas esas 14 evaluaciones estaban enfocadas a un mismo objetivo: validar legalmente la realización de un mega-proyecto.

La Suprema Corte ha dado la razón a habitantes del Puerto que han demostrado que la manera de planear la ampliación daña su derecho a un medio ambiente sano.

Administración del Sistema Portuario Nacional

A lo largo de las dos décadas que el tema ha estado en análisis y discusión, diferentes científicos, habitantes de zonas aledañas al Puerto y organizaciones ambientalistas han promovido juicios para detener las obras con mayor potencial destructivo hacia los arrecifes. Tras un complejo recorrido de decisiones judiciales, quejas y revisiones, el problema llegó a la Suprema Corte de Justicia en el año 2020, después de haber pasado por otros juzgados, en razón de su importancia y de su trascendencia.

Finalmente, hace 14 meses la Suprema Corte dio a conocer un fallo que buscaba acabar con la simulación que ya se había detectado al reunir decenas de evaluaciones de impacto pequeñas para sacar adelante el megaproyecto de ampliación del puerto veracruzano.

Por unanimidad, aquel 9 de febrero de 2022 las y los ministros que integran la Primera Sala de la Suprema Corte votaron a favor del proyecto de sentencia que protege los arrecifes veracruzanos y que transforma la manera como opera el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental. Está decisión apuntalaba la protección al derecho al medio ambiente sano que viene haciendo la Suprema Corte y, sobre todo, cambiaría la manera en que las autoridades ambientales realizan la Evaluación de Impacto Ambiental.

En su momento, ese fallo fue considerado histórico porque corregiría errores y trucos administrativos para no considerar en la evaluación de impacto ambiental zonas vivas del arrecife coralino más grande del centro del Golfo de México.

REGENERACIÓN DEL CONFLICTO

Como parte de la ejecución de la sentencia de la Suprema Corte, el 31 de marzo 2022 la Semarnat dejó insubsistentes las autorizaciones que se habían otorgado vinculadas a la Ampliación del Puerto y empezó a trabajar en un Método para la Identificación de impactos sinérgicos y residuales.

Sin embargo, según las seis organizaciones ambientalistas denunciantes, el 30 de diciembre de 2022 la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA) de la Semarnat volvió a autorizar de manera condicionada la ampliación del Puerto de Veracruz, nuevamente de manera fragmentada, sin una adecuada integración de la información con uso de la mejor ciencia disponible y sin posibilitar la participación de las personas.

“Esto significa que Semarnat autorizó el mismo proyecto sobre el cual la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación había emitido ya una sentencia. Con esta autorización, la Semarnat incumplió con su deber de proteger el derecho al medio ambiente sano bajo el estándar más alto de protección, al mismo tiempo que incumplió con el fallo de la SCJN”, indican los quejosos en un documento enviado a los medios de comunicación.

“La autorización otorgada en diciembre del 2022 por Semarnat presenta los mismos defectos que la autorización otorgada en 2013 e incluso agravó la situación, pues en esta ocasión no se garantizó la participación de las personas de los entornos adyacentes. En esta nueva autorización, la Administración del Sistema Portuario de Veracruz, S.A. de C.V. (Asipona Veracruz-) -promovente del proyecto de ampliación-, no presentó una nueva Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) con los elementos requeridos por la SCJN, sino que fue la Semarnat quien recabó la información de las MIAs que fueron anuladas y agregó algunas fuentes adicionales sin un análisis integral de los impactos al socioecosistema, lo cual resulta insuficiente para cumplir con los estándares definidos por la Corte”, puntualizan en su análisis del caso.

La simulación, al otorgar Semarnat autorizaciones fragmentadas que pasan por alto que son fracciones de un mismo megaproyecto, pasa por alto la sentencia que señala que todos los impactos que tengan que ver con un proyecto se tienen que evaluar en conjunto y de manera integral.

El nuevo documento de Autorización de Impacto Ambiental de Semarnat, que es denunciado por las ONGs, señala que nueve proyectos adicionales al denominado “Ampliación del Puerto de Veracruz” serán sometidos a Evaluación de Impacto Ambiental, lo que muestra una vez más una clara intención de evaluar de forma fragmentada, práctica prohibida ya por la SCJN, lo cual constituye también un incumplimiento de la sentencia.

“Dado que la Semarnat NO emitió una nueva resolución que tomara en cuenta todos los impactos acumulativos, sinérgicos y residuales del proyecto, ha incumplido una sentencia de la SCJN, ha violentado nuevamente el derecho al medio ambiente sano de las personas que viven en la conurbación de Veracruz-Boca del Río-Medellín y ha revictimizado a las personas que solicitaron el amparo”, afirman las ONGs ya mencionadas.

Ciudadanos demostraron interés legítimo en el daño ambiental

En febrero de 2022 la Suprema Corte otorgó el amparo a ciudadanos contra la manera como se había autorizado la ampliación del Puerto de Veracruz e informó que el caso servía para desarrollar más los criterios de lo que se llama “el interés legítimo en casos ambientales”.

Demostrar el interés legítimo que una persona tienen sobre un tema que se presenta a juicio es “la llave” que pone en marcha un juicio de amparo; entendiendo que el amparo es la posibilidad que tiene cualquier persona para pedir protección del Poder Judicial cuando una decisión de una autoridad daña sus derechos humanos.