Metrópoli

Portadores de VIH ya no serán criminalizados por ser un "riesgo de contagio" en la CDMX

En colaboración con el diputado Temístocles Villanueva del Congreso de la Ciudad de México, se extinguió la posibilidad de castigar a la persona que en condiciones normales e involuntariamente, pudiera transmitir una enfermedad contagiosa

Ley que según las autoridades, era sumamente discriminatoria y no ayudó a reducir los índices de transmisión del virus.

X Martí Batres

El jefe de Gobierno, Martí Batres formalizó que en la Ciudad de México, ya no será castigados los portadores de VIH (Virus de la Inmunodeficiencia Humana) que tuvieran el riesgo de haber contagiado a otras personas por medio de relaciones sexuales o por otras vías, Ley que según las autoridades, era sumamente discriminatoria y no ayudó a reducir los índices de transmisión del virus; ésto a través de la eliminación del Artículo 159 del Código Penal.

En colaboración con el diputado Temístocles Villanueva del Congreso de la Ciudad de México, se extinguió la posibilidad de denunciar a la persona que en condiciones normales e involuntariamente, pudiera transmitir una enfermedad contagiosa, ya que el énfasis en el peligro de contagiar señalaba y discriminaba a las personas portadoras, en consecuencia, no se detenía la enfermedad, pero sí se imputaba al enfermo.

"En este nuevo siglo, hemos repetido el principio de que la norma penal debe ser siempre la última opción del Estado y de que en un Código Penal solo deben estar las conductas criminales", subrayó.

Sin embargo, adelantó que las mujeres que han sido contagiadas de VIH o de otras enfermedades a causa de la violación sexual, no quedarán desprotegidas. Para ello se incluyó en el catálogo de lesiones una sanción para quienes causen o transmitan de manera intencional una enfermedad incurable.

Además, celebró que el cambio no es banal ni menor, dado que la norma previa consideraba como un peligro y ponía a esa persona en una posición de ser excluida, señalada y aislada. "Lo razonable desde un principio era considerar el contagio como una lesión que debía analizarse, perseguirse, procesarse con la norma general del delito de lesiones ya establecido", añadió.

"Esta reforma, de la que hablamos hoy, nos recuerda por otra parte que en materia de salud las normas más importantes no son las penales, sino aquellas que contribuyan a aumentar la corresponsabilidad de todas, todos y todes en la prevención y atención de las enfermedades; esta reforma ayuda a que las personas pierdan el temor a ser criminalizadas", concluyó.