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Conagua declara el inicio de emergencia por sequía en México

La dependencia advierte en el acuerdo publicado este 12 de julio en el DOF que diversas cuencas del país tienen sequía en sus modalidades de severa, extrema o excepcional

La Presa de la Boca, en Nuevo León/

Gabriela Pérez/Cuartoscuro

La Comisión Nacional del Agua (Conagua) publicó este martes en el Diario Oficial de la Federación (DOF), un acuerdo en el que declara el inicio de emergencia por ocurrencia de sequía severa, extrema o excepcional en cuencas para el 2022 en México, por lo que podrá tomar las medidas que la situación amerite. Este acuerdo entrará en vigor a partir del 13 de julio.

La dependencia establece con este acuerdo que ante la situación por crisis del agua que se enfrenta en varias regiones del país, que podrá tomar las medidas necesarias, normalmente de carácter transitorio, para garantizar el abastecimiento de los usos doméstico y público urbano en situaciones de emergencia, escasez extrema o sobreexplotación, así como concertarlas con los interesados.

Asimismo, la Conagua detalla que con base en los resultados de los análisis y dictámenes realizados a través del Monitor de Sequía de México y que forma parte del North American Drought Monitor, se emitió el acuerdo en virtud de que a la fecha se ha determinado en diversas cuencas del país, la condición de este fenómeno natural en sus modalidades de severa, extrema o excepcional.

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Con el fin de mitigar la sequía, se detallaron entre algunos lineamientos que cada parte deberá realizar para evitar que la crisis del agua avance, por lo que entre algunos puntos a cumplir destacan que:

• Se debe dar aviso a la Autoridad del Agua, para proporcionar a terceros en forma provisional el uso total o parcial de las aguas concesionadas.

• Ceder o transmitir temporalmente a la Autoridad del Agua, sus derechos y solicitar la interrupción de la caducidad de los volúmenes concesionados que no utilicen, en tanto subsiste la emergencia.

Sobre este último punto, la Conagua verificará que los volúmenes que se transfieran o cedan temporalmente se entreguen directamente a la red de distribución en coordinación con el organismo operador, en tanto subsista la emergencia. En el caso de otros usos, se analizará también la conveniencia de una conexión directa a la red.

En el mismo tenor y conforme a los resultados de los análisis y dictámenes realizados por el Monitor de Sequía de México, y con el fin de garantizar el abasto de agua para uso doméstico y público urbano, se podrán ejecutar las medidas transitorias concertadas con los representantes de los usuarios en los Consejos de Cuenca que presenten condiciones de sequía severa, extrema o excepcional, contenidas en los Programas de Medidas Preventivas y de Mitigación.

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La Comisión Nacional del Agua exhorta a los usuarios de las aguas nacionales de los municipios que presenten alguna condición de sequía, conforme al reporte quincenal del Monitor de Sequía de México, a implementar las medidas preventivas y de mitigación contenidas en el Programa de Medidas Preventivas y de Mitigación de sequía que corresponda al Consejo de Cuenca en que se ubiquen.

Asimismo, se destaca que la Conagua, a través de sus Organismos de Cuenca y Direcciones Locales y con la participación de los Consejos de Cuenca, dará seguimiento a las acciones preventivas y de mitigación,