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Investiga Cofece prácticas monopólicas en mercado de vidrio plano

El vidrio plano se utiliza principalmente para satisfacer las necesidades de la industria arquitectónica, interiores o exteriores de inmuebles, o las necesidades de la industria automotriz, como parabrisas, ventanas laterales, medallones traseros.

sospechas

Industria del vidrio

La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) inició una investigación por la posible realización de acuerdos para manipular precios, restringir la oferta o coordinar posturas en licitaciones en el mercado de producción, distribución y comercialización de vidrio plano y productos fabricados a partir de este en el territorio nacional.

El vidrio plano se utiliza principalmente para satisfacer las necesidades de la industria arquitectónica, como vidrios para interiores o exteriores de inmuebles, así como las necesidades de la industria automotriz, como parabrisas, ventanas laterales, medallones traseros, espejos retrovisores, entre otros.

El plazo para esta indagatoria es de hasta 120 días hábiles, contados a partir del 7 de junio de 2022, periodo que podrá ser ampliado por el mismo lapso hasta por cuatro ocasiones.

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Si al término de la investigación no se encontraran elementos que presuman la realización de dichas prácticas anticompetitivas, el Pleno resolvería su cierre.

Pero en caso de comprobarse la existencia de una práctica monopólica absoluta, los agentes económicos responsables podrían ser multados hasta por 10% de sus ingresos y a las personas físicas que hubieren participado en la celebración, ejecución u orden de este tipo de acuerdo entre competidores, podrían ser sancionados con hasta 10 años de prisión.

También podrían ser sancionados económicamente quienes hayan coadyuvado, propiciado o inducido la realización de estas prácticas.

No obstante, es importante mencionar que quienes hayan participado en una conducta de este tipo pueden acogerse a los beneficios del Programa de Inmunidad y Reducción de Sanciones que ofrece la Comisión.

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La Cofece aclaró que esta investigación, con número de expediente IO-003-2022, no debe entenderse como un prejuzgamiento sobre la responsabilidad de agente económico alguno, toda vez que hasta el momento no se han identificado, en definitiva, violaciones a la normatividad en materia de competencia económica, ni el o los sujetos quienes, de ser el caso, serían considerados como probables responsables al término de la investigación.