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Piden abandonar jurisprudencia histórica sobre derechos humanos para frenar Reforma Judicial

 La resolución 293/2011 dio entrada a los tratados internacionales  como parte plena del marco legal mexicano, pero mantuvo la posibilidad de que en la Constitución se establezcan restricciones a esos derechos

comedia de enredos legales

Fachada de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (Foto de Archivo)

EFE / Isaac Esquivel

Los opositores a la Reforma Judicial plantearon a la Suprema Corte de Justicia de la Nación abandonar lo establecido en una histórica resolución 293/2011 en torno a los derechos humanos, esto a fin de ordenar un freno a las modificaciones constitucionales que se discuten en el Congreso de la Unión. Se trata de una solicitud peculiar por la ruta con la que se intenta detener la reforma.

Esta solicitud, encabezada por Juana Fuentes Velázquez, directora de la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación, busca que la Corte actúe contra la afectación de los derechos de jueces y magistrados que serán removidos una vez que sus cargos sean sometidos a elección popular aun cuando esa remoción se dé por una reforma a la carta magna. Actualmente, la Constitución puede establecer limitantes a los derechos humanos, lo que Fuentes Vázquez pide abandonar como jurisprudencia.

Si las premisas de Fuentes Vázquez son aceptadas, entonces la Corte está en posibilidad de ordenar un freno inmediato, como medida cautelar, en contra al proceso de Reforma en el Congreso de la Unión.

Haciendo historia, la Corte dictaminó en 2011 que cuando en la Constitución haya una restricción expresa en el ejercicio de los derechos humanos, esta será válida por encima de lo que establezcan otras disposiciones legales.

La solicitud de Fuentes Vázquez es un hecho muy peculiar dentro de la historia jurídica mexicana, pues aboga por abandonar una resolución histórica con la que se determinó que no hay jerarquía entre las normas de derechos humanos establecidos en la constitución y los que provienen de las convenciones internacionales a las que México se ha adherido. La jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, se estableció en esa misma resolución de la SCJN, es vinculante para todos los jueces en México, siempre que sea más favorable a la persona y, sólo la Constitución puede establecer restricciones expresas en el ejercicio de los derechos humanos.

Lo que Fuentes solicita es abandonar esa premisa para la discusión en curso sobre el PJF, lo que se pide es no validar las restricciones a los derechos de los juzgadores de la carrera judicial que la Constitución contendría a partir de la Reforma amlista.

Es curioso igualmente que muchos de los que hoy conforman Morena, alguna vez pelearon por que los tratados internacionales prevalecieran sobre la Constitución cuando aquellos fueran más “garantistas” que la Carta Magna; hoy la 4T deberá abogar en contra de esa premisa y atacar la solicitud de Fuentes Vázquez alegando que no debe abandonarse la premisa de que la Constitución puede establecer restricciones a los derechos por encima de lo que digan los tratados internacionales.

Vázquez Fuentes solicita sea decretada una medida cautelar que consista en la suspensión del procedimiento de reforma constitucional, hasta en tanto el Pleno de este Máximo Tribunal de la Nación, no se pronuncie de fondo.