Opinión

Por una ley de consulta

Entiendo que los grupos parlamentarios en el Congreso de la Unión ya tienen su agenda legislativa, hija de sus prioridades políticas expresadas en las propuestas que presentaron en las recientes campañas. Realista, no pretendo influir en ella, tan solo apuntar un tema que valdría la pena considerar.

En México, derivado lo mismo de la Constitución, que de tratados internacionales o de leyes generales, tenemos diversos grupos sociales que tienen derecho a la consulta. Entre estos, encontramos a los pueblos indígenas, afromexicanos, personas que viven con discapacidad, también las adultas mayores.

Lo anterior, insisto, no es producto de mis convicciones, sino de las normas jurídicas que tenemos. Usted puede pensar que faltan grupos (yo lo creo así) o que sobran, pero en todo caso es lo que tenemos, y de lo que parto al escribir esta columna.

El derecho a la consulta consiste en algo fácil de describir: es la obligación de las autoridades a que, cuando legislen o fijen políticas públicas que impacten a esos grupos, les pregunten y tomen en cuenta sus opiniones.

La consulta es, entonces, una limitación a la representación política, pues impide a nuestras y nuestros representantes tomar decisiones en esos temas sin preguntar. Se reconoce su legitimidad democrática, pero para tales asuntos, se requiere que acudan con aquellas personas que vivirán con la decisión y les escuchen.

Por tanto, la consulta implica dos cosas: primera, aceptar que la decisión sigue en la esfera de las autoridades, ya sean legislativas, ejecutivas o incluso órganos autónomos como los electorales; segunda, que se debe preguntar de forma correcta y escuchar con atención a quienes pertenecen a esos grupos ya apuntados.

¿Qué es preguntar de forma correcta y escuchar con atención? Ahí tenemos un problema, porque no contamos con una ley general que regule las consultas tanto en lo federal como en lo local. Tenemos algunas sentencias de la Suprema Corte, así como leyes locales, pero no tenemos una definición nacional, que me parece sumamente necesaria.

Una ley general de consultas tendría la ventaja de que, al definir el procedimiento de las mismas, facilitaría su implementación lo mismo en figuras tales como el parlamento abierto (federal o local), cabildo abierto, en todos los municipios, o cualquier otra consulta. El beneficio de la estandarización.

Para preguntar con corrección y escuchar con atención, esa hipotética, aunque necesaria ley debería considerar lo siguiente: uno, la realización de una convocatoria adecuada y oportuna, lo primero significa que deberá convocarse conforme las características del grupo a consultar, atendiendo a su realidad y no a estereotipos, de forma que se garantice que sean efectivamente convocados sus integrantes; la oportunidad significa que se haga con el tiempo necesario para que se conozca, así como para que quienes quieran participar puedan prepararse y tomar las prevenciones necesarias.

Segundo, definir un procedimiento para recibir las propuestas. Ya sea por escrito, en foros de forma verbal, por correo o buzón electrónico, etc., pensando no en la autoridad que recibirá, sino en las personas que podrían estar interesadas en participar, un procedimiento que permita identificar el origen, contenido y razón de las propuestas.

Tercero, el mecanismo para sopesar las propuestas. Desde luego, las autoridades deben gobernar para todas las personas, no solo para los grupos con derecho a la consulta, por lo que deben analizar las opiniones que se viertan dentro de un panorama más amplio, pero las ideas, información, meras opiniones, que planteen las personas participantes en las consultas deben ser analizadas con absoluta seriedad.

Aquí hay un punto que va más allá de cualquier ley: la postura de la autoridad que consulta debe ser abierta a las personas consultadas.

Hablo desde la experiencia, realizar consultas no es algo fácil, pero tiene la virtud de permitir a las autoridades conocer no sólo el sentir de las personas que vivirán con la decisión que tomen, sino también enriquecer un proyecto de ley o de política pública, sin merma de su naturaleza representativa. Al legislar sobre el tema, el Congreso de la Unión puede contribuir a una mejor democracia nacional.

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