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Improcedente queja contra la candidatura de Lidia de la Vega

Sala CDMX del TEPJF negó la acción de militante morenista

Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
TEPJF TEPJF (La Crónica de Hoy)

Confirmó Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) la resolución de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia (CNHJ) de Morena que determinó como improcedente la queja que promovió el militante, José Alfonso Pérez Tagle Angulo, contra la designación de Alma Lidia de la Vega Sánchez como candidata a diputada federal por el distrito de Tulancingo.

En el escrito de denuncia expuso que Morena publicó la lista de candidatos a diputados federales de Hidalgo sin notificarle de manera personal, pese a que acreditó su registro como aspirante, asimismo, que vulneraron el derecho de equidad de género porque anteriormente ocupó la curul por dos periodos consecutivos una mujer.

Abundó que en ningún momento llevaron a cabo encuestas y específicamente de la abanderada por el distrito de Tulancingo, “no tenía un interés legítimo a participar con las reglas electorales, ya que su voluntad estaba sometida a una autorización externa, no electoral”.

En el expediente, CNHJ-HGO-178/2024, el órgano de justicia partidista calificó como improcedente el asunto bajo el argumento de que lo presentaron fuera de los plazos, ya que dieron a conocer a los candidatos el 15 de febrero en los estrados electrónicos y presentó su escrito de demanda el 28 de febrero.

Inconforme con tal determinación, recurrió a la siguiente instancia que es Sala Regional Ciudad de México, en el juicio ciudadano, SCM-JDC-210/2024, mismo que corroboró la resolución partidista porque era infundado el agravio respecto a que no lo notificaron sobre las designaciones de candidatos, pues la convocatoria dispone claramente que todos los actos derivados del proceso de selección serían informados a través de los estrados electrónicos del portal de Morena.

Asimismo, el referido edicto previó el deber de cuidado de las personas aspirantes, militancia, ciudadanía simpatizante o cualquier persona interesada, relativo a prestar atención a las publicaciones de los actos y etapas del proceso a través del sitio de internet del partido político.

La ponencia del magistrado, José Luis Ceballos Daza, recalcó que la publicación del listado no fue confrontada por Pérez Tagle y los preceptos legales empleados por la CNHJ fueron motivados. 

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