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Gobierno de Cuauhtémoc, Chihuahua, podría pagar 276 mdp por incumplir contrato para atender problema de basura

Basura en un vertedero
La basura de cada día La basura de cada día (La Crónica de Hoy)

 Ante el posible incumplimiento de un contrato para el manejo de residuos sólidos, el gobierno de Cuauhtémoc, Chihuahua, a cargo de Elías Humberto Pérez Mendoza, podría pagar un monto por más de 276 millones de pesos.

 Se trata de una controversia que enfrenta el ayuntamiento de Cuauhtémoc, por un incumplimiento de contrato mediante el que KEF EXPONENTIAL, SAPI DE C.V. y CORPORATIVO AMBIENTAL DKDA, S.A. DE C.V., demandan una indemnización luego de que obtuvieron una concesión mediante licitación pública nacional en diciembre de 2019, según consta en el acta de fallo emitida por el Comité de Compras, con número MC-CAACS-N25/2019.

 Con este fallo se autorizó a las empresas, por un periodo de 15 años, iniciar operaciones del 1 de enero 2020 al 31 de diciembre de 2034, el tratamiento del actual tiradero a cielo abierto de la localidad.

 Tras el fallo, el 23 de diciembre de 2019, y la celebración del contrato, el 31 de diciembre de 2019, la nueva administración determinó sin previo aviso como lo indica la ley, no respetar la concesión, ni pagar por las inversiones hechas por KEF EXPONENTIAL, SAPI DE CV/ y CORPORATIVO AMBIENTAL DKDA, SA DE CV, que incluyeron el pago de una Fianza de Cumplimiento por un importe de 3 millones 374 mil 592 pesos, así como 12 millones de pesos más por el concepto de un contrato con los dueños de un terreno ejidal que serviría como relleno sanitario por los 15 años de la concesión.

 Tras el incumplimiento del contrato, se demanda al gobierno actual a cargo del Panista Humberto Pérez Mendoza, resarcir el equivalente al pago que KEF EXPONENTIAL, SAPI DE CV/CORPORATIVO AMBIENTAL DKDA, SA DE CV recibiría a lo largo de 15 años, estimado en 276 millones 738 mil 679 pesos; indemnización que se habría reclamado el 23 de abril de 2020 sin que a la fecha se haya llegado a un acuerdo reparatorio.

 Dicha obligación quedó establecida en la cláusula vigésimo tercera del contrato, concerniente a “responsabilidades”, en donde se advierte que el concesionario pagará al municipio una pena convencional en caso de no ejecutar total o parcialmente los servicios de manera injustificada. Mientras que, de lo contrario, “si el municipio, sin causa justificada decretara la revocación o rescisión de la concesión, Indemnizará a el concesionario, de acuerdo a lo establecido en el artículo 184 del código municipal para el Estado de Chihuahua”.

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