Metrópoli

El dictamen beneficia al desarrollo del Plan General de Ordenamiento Territorial y el Programa General de Desarrollo

Avanza la legislación para la integración del Comité de selección del Titular del Instituto de Planeación

Paseo de la Reforma, Ciudad de México
Torre Latinoamericana Torre Latinoamericana (Cuartoscuro)

El Congreso de la Ciudad de México aprobó la reforma al Artículo 28 de la Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo, con la finalidad de que avance la conformación del Comité de selección del titular del Instituto de Planeación Democrática y Prospectiva, el cual, al momento no tiene ningún integrante.

Las modificaciones a la normativa permitirá a la persona titular de la jefatura de Gobierno emitir una convocatoria para avanzar en el nombramiento del director del Instituto, dado que la jurisdicción actual no contempla las acciones a realizar en caso de la falta definitiva de varias personas del Comité, esto luego de que dos de sus integrantes renunciaron, mientras que otros tres concluyeron su periodo.

La importancia de este dictamen radica en que es el trabajo previo al análisis del Plan General de Ordenamiento Territorial (PGOT) y el Programa General de Desarrollo (PGD), dos pendientes, dado que tuvieron que entrar en vigor desde octubre del 2022, instrumentos que definirán un modelo de ciudad para los próximos 15 y 20 años, respectivamente y que deben de ser elaborados por el Instituto de Planeación Democrática y Prospectiva, sin embargo no se han elaborado, ya que su director general renunció el 14 de marzo, además, no se cuenta con ninguno de sus cinco integrantes.

En ese sentido, en caso de falta definitiva de alguna o algunas de las personas integrantes del Comité de Selección, la persona titular de la Jefatura de Gobierno enviará, por cada caso, una propuesta de dos nombres al Congreso para que designe a la persona sustituta que terminará el periodo correspondiente.

Si existiera la falta definitiva de todas las personas integrantes del Comité de Selección (como es el caso), se deberá seguir el procedimiento para su conformación. Para la renovación de las personas integrantes, cuyo periodo de designación haya concluido, se seguirá el procedimiento de convocatoria. La persona titular de la jefatura de Gobierno enviará al Congreso una nueva propuesta con hasta dos nombres por cada designación.

Para las postulaciones, la persona titular de la jefatura de Gobierno observará el criterio de paridad de género.