Por unanimidad, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (La Corte) determinó que será el próximo 5 de noviembre, tras las fechas de Conmemoración del Día de Muertos, cuando se iniciará con la revisión del proyecto de sentencia del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, relacionado con acciones de inconstitucionalidad 164/2024 y sus acumuladas
165/2024, 166/2024, 167/2024 Y 170/2024, presentadas todas por los partidos PAN, PRI, diputados locales de Zacatecas y Movimiento Ciudadano, entre otros, que se presentaron en contra del decreto por el que se reforma, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución federal, en materia de reforma al Poder Judicial. La víspera, la Corte hizo público el proyecto en un ejercicio de transparencia proactiva para que sea consultado por la ciudadanía en el siguiente enlace: https://www.scjn.gob.mx/proyecto de sentencia.
En la resolución de 336 páginas, el ministro invalida 10 artículos de la Constitución referentes a la elección de jueces, magistrados y ministros. Además, de los artículos transitorios.
Para Ricardo Monreal, líder de la bancada de Morena en San Lázaro, aunque está la disputa de aceptar o no la Constitución, los ministros se están sometiendo a lo que establecen las reformas a la Constitución y sus transitorios.
En tanto, Dolores Padierna, vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados e integrante de Morena, calificó de absurdo el proyecto de González Alcántara Carrancá.
“El proyecto de sentencia del ministro para declarar inconstitucional que las personas juzgadoras sean elegidas por voto popular es un absurdo que tira toda jurisprudencia de la Corte que por años respetó la Constitución. Echa por la borda toda la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). La Corte no tiene facultades de hacer reformas, modificaciones o adiciones a la Constitución, el único que puede reformar o hacer adiciones a la Constitución es el poder reformador, es el constituyente”, enfatizó Padierna Luna.
Agregó que ningún ministro, “por importante que se crea”, tiene esa facultad, por lo que resulta verdaderamente grave la presentación de este proyecto.
Explicó que el ministro al justificar su proyecto, “dando saltos mortales legaloides”, se respalda en un documento que 50 académicos nacionales y extranjeros hicieron llegar a la Corte, en el que se expone que India, Turquía, Alemania y Colombia sí pueden declarar inconstitucional sus constituciones.
“¿Por qué México no? Bueno, porque aquí nuestra Constitución no lo permite. Toma partes de constituciones de otros países para justificar su proyecto. Retoma de la Constitución de Colombia el juicio de sustitución para decir que hay partes que son eternas y no pueden modificarse, atrae este juicio, que no tiene nada que ver con la de México, para decir que no se puede modificar que los jueces y magistrados sean electos por voto popular, que porque fueron electos para la eternidad y eso no se puede mover”, reprochó la legisladora.
Indicó que jamás se había visto, ya que la SCJN siempre se había mantenido al margen; por ejemplo, al nunca aceptar suspensiones generales si se tratase de un amparo.
“Los amparos, las acciones de inconstitucionalidad no tienen efectos generales, eso está en la Constitución. Se lo salta por el arco del triunfo y ahora hace válidas cosas que siempre hemos estado analizando. Los que somos legisladores de verdad, nunca habíamos visto estos saltos mortales legaloides para justificar una actitud interesada contra la Constitución”, aseguró.