La Cámara de Diputados discutirá este miércoles la reforma constitucional para asentar que la austeridad republicana es en serio y que el salario o percepción económica de jueces, magistrados y ministros y demás personal del Poder Judicial de la Federación no podrá ser mayor a la percibida por la Presidenta de la República en ningún presupuesto más, a partir de estas modificaciones.
No podrán adquirirse o contratarse con recursos públicos ningún tipo de bienes o servicios innecesarios, ni jubilaciones, pensiones y regímenes especiales de retiro, de separación individualizada o colectiva, cajas de ahorro especiales, seguros de gastos médicos o seguros de vida privados u otros que no estén previstos por la ley, decreto, disposición general, contrato colectivo o condiciones generales de trabajo.
En la Constitución se fijará de manera clara que magistrados y jueces tendrán una remuneración adecuada e irrenunciable, que no podrá ser mayor a la establecida para la Presidenta de la República en el presupuesto correspondiente y no será disminuida durante su encargo.
“La remuneración integral del jefe del Ejecutivo incluirá todas las percepciones en efectivo o en especie y no podrá exceder el equivalente a 73.04 veces el valor anual de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Y no forman parte de la remuneración los gastos sujetos a comprobación, los gastos de viaje en actividades oficiales, servicios de seguridad y, en general, aquellos que sean propios del desarrollo del cargo y se realicen en el cumplimiento de funciones oficiales reglamentadas y autorizadas, incluyendo los inherentes al funcionamiento de residencias, sedes, oficinas e instalaciones asignadas para el desempeño del cargo, transportes, así como uniformes oficiales, alimentación, protección civil, equipamientos y demás enseres necesarios, con excepción de los gastos prohibidos por la ley en la materia”.
En el dictamen de la reforma que fue enviada por el expresidente Andrés Manuel López Obrador considera que las remuneraciones y sus tabuladores serán públicos, y deberán especificar y diferenciar la totalidad de sus elementos fijos y variables tanto en efectivo como en especie, “identificando los montos equivalentes a cada concepto, así como el monto mensual que corresponda. La ley en la materia establecerá los formatos homologados para elaborar y publicar dicha información”.
Además, la reforma a la Constitución incluye que se debe aclarar que los gastos de la Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México se administrarán “bajo el principio de austeridad republicana y en los términos que establezca la ley”.
Los entes públicos ajustarán sus estructuras orgánicas y ocupacionales de conformidad con los principios de racionalidad y austeridad republicana, eliminando todo tipo de duplicidades funcionales u organizacionales, atendiendo las necesidades de mejora y modernización de la gestión pública.
El dictamen también faculta al Congreso para expedir la ley general en materia de austeridad republicana.
En los artículos transitorios aclara que las remuneraciones de las personas servidoras públicas que al momento de la entrada en vigor del presente decreto sean superiores a la establecida para el presidente de la República deberán ajustarse a lo previsto en las fracciones I y II del artículo 127 constitucional dentro de los presupuestos de egresos correspondientes al ejercicio fiscal del año siguiente al de su entrada en vigor, con independencia de la fecha en que hayan iniciado el ejercicio de sus cargos.
Y muy claramente señala a la Cámara de Diputados y las legislaturas de las entidades federativas, en el ámbito de sus competencias, vigilarán que las remuneraciones de los servidores públicos de las entidades, órganos u organismos de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como de los órganos autónomos, no superen el monto máximo establecido para el presidente de la República, por lo que deberán realizar en cada ejercicio fiscal los ajustes necesarios en los presupuestos que se integren para cumplir con este mandato.
Con esta reforma, según la iniciativa amlista, los ahorros que se generen en los presupuestos de egresos que correspondan como resultado de la aplicación de las medidas de austeridad republicana y el ajuste de las remuneraciones de las personas servidoras públicas, se destinarán al Fondo de Pensiones para el Bienestar, en los