Para armonizar la recién aprobada reforma a la Constitución encaminada a reducir la brecha salarial entre hombres y mujeres, las diputadas emecistas Patricia Mercado y Virginia Reyes plantean en las leyes reglamentarias el cómo lograr la exigibilidad de la norma a los empleadores y prohibir toda acción u omisión que provoque o perpetúe la brecha salarial de género, desde preguntar el historial salarial hasta la percepción de un salario menor por trabajo igual o de igual valor dentro de un mismo centro laboral.
Se define que la brecha salarial de género es la disparidad entre el salario promedio que reciben hombres y mujeres por trabajo igual o de igual valor en un mismo centro de trabajo.
En una iniciativa, las legisladoras plantean facultar al Instituto Mexicano del Seguro Social a identificar y hacer del conocimiento de las autoridades e instancias correspondientes las posibles acciones u omisiones que afecten el principio de igualdad salarial por discriminación de género.
“No debe existir discriminación por color de piel, cultura, sexo, condición económica, de salud, jurídica, embarazo, lengua o idioma, creencias religiosas o espirituales, apariencia física, características genéticas, opiniones, identidad de género, orientación sexual, filiación política, situación familiar, responsabilidades familiares, antecedentes penales o cualquier otro motivo”, establecen en el proyecto de reformado a las leyes federales del Trabajo y para Prevenir y Eliminar la Discriminación. Las generales de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como la de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones y la del Seguro Social.
Reyes de la Torre y Mercado Castro impulsan mecanismos que permitan la exigibilidad de derechos y desarrollar políticas públicas para cambiar las condiciones que establecen diferencias discriminatorias en las remuneraciones.
La iniciativa, turnada a las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y de Igualdad de Género, sustituye el término trabajador por el de “persona trabajadora”.
También adiciona el principio de igualdad sustantiva y restringe toda compensación o práctica que incida en las percepciones económicas de la persona trabajadora, por razones de género, origen étnico, edad, cultura o cualquier motivo discriminatorio por lo cual se podrá demandar la reparación del daño.
“Los sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, el certificado en materia de igualdad laboral y no discriminación”.
“Las cámaras empresariales y sus confederaciones deberán agregar las oportunidades de empoderamiento, de negocios e igualdad laboral y salarial entre mujeres y hombres”, de acuerdo con la propuesta.
Las diputadas federales destacan en la exposición de motivos que subsisten profundas estructuras de desigualdad con componentes culturales, sociales y políticos y que los beneficios del crecimiento no han sido parejos.
“En las últimas décadas, ha crecido la discusión de temas relacionados con los derechos de las mujeres y uno de los más importantes es el relativo a la discriminación salarial, pues por realizar un trabajo de igual valor siguen ganando menos que los hombres y a pesar de su participación en la economía persiste la desprotección y precarización”.