Silencio. Y puede ser que eso sea lo mejor para Rosario Piedra. Todo podría revertírsele al decir algo sobre la prisión preventiva oficiosa, ampliada y ya en ejecución luego de ser publicada la reforma constitucional que va en contra de los preceptos básicos que defendía la CNDH hace dos años (ya bajo su mando) y que son enarbolados también por instancias internacionales como la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
El silencio en torno al tema ha imperado desde el último trimestre del año que combinó la intención de la hija de Rosario Ibarra para reelegirse al frente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos y la intención de los morenistas de ampliar la prisión preventiva oficiosa a través de la propia Constitución.
La entrada en vigor de la reforma no rompió el silencio de la presunta Ombudswoman.
Rosario Piedra, ratificada al frente de la CNDH con críticas del propio morenismo de por medio, ha debido también olvidar (morderse la lengua) respecto a lo que ella misma proclamó cuando se intentó hacer la ampliación de la prisión preventiva en 2021 a través del Código Nacional de Procedimiento Penales.
Para desgracia de Piedra, su argumentación de aquel entonces se centró en que la prisión preventiva oficiosa debía tener carácter de excepcionalidad ya que se trataba de una medida que ponía en riesgo el debido proceso, las garantías individuales y el principio de presunción de inocencia.
Aquella intentona por permitir encarcelamientos sin juicio de por medio se dirigía, igual que en 2024, a temas “estratégicos” en la mente de los gobernantes. Se intentaba dar facilidades para aplicar la prisión preventiva a ladrones de hidrocarburos, a quienes participaran en desapariciones forzadas y a presuntos integrantes de la delincuencia organizada, así que las motivaciones no cambiaron entre aquel año en el que la propia Piedra se opuso y ahora, cuando las medidas se hacen constitucionales.
Para desgracia de Piedra (a quien sólo le quedaría argumentar leguleyamente que ahora que está en la constitución, esto es legal y ya) en ese 2021 argumentó con todo detalle que “estas modificaciones distan mucho de ajustarse al principio de excepcionalidad y están apartadas de estándares internacionales establecidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)”.
De hecho, al heredar un trabajo sobre el tema de las administraciones anteriores a su llegada a la CNDH, Rosario Piedra se anticipó a la CIDH que hasta 2022 señalaría a México por sus intentos de encarcelar personas sin juicio.
“Lejos de generar que la medida sea aplicada de manera excepcional y causistica, ordenan que en todos los casos en que el juez de control esté ante la probable comisión de cualquiera de los delitos señalados en tales normas, deberá ordenarse la prisión preventiva en perjuicio del imputado, afectando con ello sus derechos humanos, al no considerar periódicamente la necesidad de la medida”, remató aquella vez la CNDH encabezada por Piedra para decidir una acción de inconstitucionalidad contra la reforma del Código Nacional de Procedimientos Penales.
Aquello quedó en historia y el silencio se impuso en 2024 cuando la reforma a la constitución impuso en la carta magna que “el juez ordenará a prisión preventiva oficiosamente”, en casos de drogas sintéticas, extorsión, asesinato y otros que ya se habían planteado en 2021. Pero la reforma constitucional fue más lejos: “Para la interpretación y aplicación de las normas previstas en este párrafo, los órganos del Estado deberán atenerse a su literalidad, quedando prohibida cualquier interpretación”.
La reforma lleva el tema del fentanilo (algo coyuntural en el largo plazo) al texto constitucional, lo que da luz sobre la inmediatez con la que la 4T se ha planteado esta reforma.
No obstante, sería injusto decir que es Morena el promotor único de la reforma publicada en DOF en el último día del año: durante abril y mayo pasados, los 32 gobernadores, sin importar su origen partidista y al unísono de AMLO, pidieron a la Suprema Corte que no aboliera esta figura.
Los fiscales (de los calificados como amigos de su gobernador o más independientes) se sumaron al llamado. Traducción: nadie en el país se sentía con capacidad para hacer la detención de un narco, un miembro de la delincuencia organizado o un pez gordo de la corrupción a la vez que se reunían suficientes pruebas para someterlo a proceso judicial y, en su caso, comprobar ante un juez de control que había que llegar a medidas cautelares extremas y excepciones de encarcelamiento para que ese juicio se realizara como es debido.
Los narcos y peces gordos estarán sometidos a este fast track del encarcelamiento sin juicio, pero también los ciudadanos que, siendo inocentes, se vean acusados por algunos de los numerosos delitos enlistados ahora en la constitución.
Los primeros tendrán recursos económicos para afrontar al estado y sus cárceles regidas por la ley del dinero; los segundos, en la mayoría de los casos, no y tampoco podrán pensar mucho en la CNDH.
Rosario en la CNDH, ya reelecta, se ha vuelto de piedra y ha quedado mudo mientras tanto.