La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) válido que a través del programa de reducción de sanciones se combatan prácticas monopólicas, aplicado por la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) en el caso de las sanciones establecidas a varios bancos que acordaron ilegalmente acciones para manipular el precio de los Certificados de la Tesorería de la Federación (Cetes), asunto del que salió beneficiado un banco por delatar las irregularidades.
La ministra Lenia Batres presentó el proyecto de resolución de un amparo presentado por una institución bancaria que se inconformó con que se le redujera el monto de sanciones a un delator.
Durante la sesión de la Segunda Sala se explicó que las acciones ilegales fueron descubiertas gracias a que uno de los bancos involucrados denunció los hechos ante la Cofece, buscando con esto obtener una reducción de las sanciones a las que se hizo acreedor, conforme al artículo 103 de la Ley Federal de Competencia Económica.
La denuncia permitió detener estas maniobras especulativas y sancionar a los responsables.
Sin embargo, otro de los otros bancos involucrados, Santander México, S. A., promovió un amparo en contra del procedimiento sancionatorio, que en su caso implicó una multa de 622 mil 901.26 pesos.
En el proyecto se asentaba que la parte actora se quejaba que el hecho de haberle impuesto una sanción menor al banco que delató las operaciones ilegales era injusto por violar los principios de debido proceso y seguridad jurídica, presunción de inocencia y colusión de hechos, definidos en la Constitución.
Lenia Batres partió de que el marco constitucional permite al Estado mexicano garantizar la libre competencia y concurrencia, eliminando las prácticas monopólicas y prácticas indebidas que atenten contra el interés público.
Señaló como procedente avalar la reducción de sanciones para quienes denuncien estas prácticas.
“El programa de reducción de sanciones contribuye a que se proporcione información de hechos que probablemente consistan en contratos, convenios, arreglos o combinaciones entre agentes económicos competidores entre sí, cuyo objeto o efecto radique en fijar, elevar, concertar o manipular el precio de venta o compra de bienes o servicios al que son ofrecidos o demandados en los mercados, en tanto constituyan conductas que pudieran afectar la libre competencia y concurrencia”, señala el proyecto de la ministra Lenia Batres, que fue aprobado por unanimidad.