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El diputado Jericó Abramo Masso presentó una iniciativa para reformar y fijar en la Ley General de Salud que se abuse del bolsillo por brindar estos servicios de atención médica

PRI busca frenar cobros excesivos en hospitales privados; costo a paciente se eleva hasta en 100%

Con el fin evitar más casos de pacientes atendidos en hospitales privados que deben enfrentar incrementos de 100 y hasta 200 por cientos los costos por estos servicios, el diputado priista Jericó Abramo Masso impulsa reformar la Ley General de Salud para obligar que se cobren precios oficiales establecidos por la Secretaría de Economía.

El legislador refirió que un paracetamol llega a costar hasta 30 veces más en un hospital privado que en la farmacia de la esquina, y a un paciente con seguro de gastos médicos se le prescriben tres o cuatro fármacos, cuando sólo un antibiótico es indispensable, entre otros abusos, como el cobro excesivo en insumos de curación, batas, pantuflas, botellas de agua, además de las tarifas de cuarto, uso del equipo médico, consultas, tratamientos, cirugías, estudios y análisis químicos.

Abramo Masso plantea establecer que los hospitales privados respeten los precios máximos establecidos por la Secretaría de Economía para la venta al público de medicamentos e insumos que requieran los pacientes que sean atendidos dentro de sus instalaciones.

Las reformas son a los artículos 31 y 43 de la Ley General de Salud, con el propósito de que los hospitales privados no lucren con sus precios, pues en algunos casos han subido hasta en 100 por ciento el costo al paciente.

“Los medicamentos que sean suministrados a pacientes en hospitales privados deberán contener la leyenda: precios establecidos por la Secretaría de Economía.

“Las tarifas para los servicios de salud, fijadas por esa secretaría, deberán publicarse en las páginas de ésta y de la Procuraduría Federal del Consumidor, además de ser entregadas a todo aquel paciente que ingrese al hospital, ya sea de manera programada o por motivo de una urgencia médica”, parte de la propuesta que incluye los aumentos que calcule la Secretaría de Economía para las tarifas de los servicios de salud privada no podrán exceder la inflación del año anterior.

En otro punto, indica que las normas oficiales que regulen a los servicios de salud privada deberán contener lo dispuesto en el artículo 230 del Código Penal Federal, para impedir que algún paciente, recién nacido o cadáver sean retenidos con motivo de un adeudo con los hospitales o clínicas privadas.

El diputado priista refiere que en 2021 la Profeco informó que los pacientes no conocen de antemano la lista de precios de consultas, medicamentos, tratamientos o intervenciones quirúrgicas, lo que les impide tomar decisiones informadas sobre su salud.

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