
La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) anunció que el autotransporte federal de carga y las grúas industriales operarán bajo un horario especial durante el periodo vacacional de Semana Santa 2025. La medida, que busca fortalecer la seguridad de los vacacionistas en carreteras y puentes federales, entrará en vigor a partir de las 00:00 horas del 11 de abril y concluirá a las 23:59 horas del 27 de abril de 2025.
El aviso fue publicado por la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER) y se espera su ratificación en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Según lo establecido, los horarios de circulación para el transporte de carga especializada serán los siguientes:
- Días permitidos: 14, 15, 16, 21, 22, 23, 24 y 25 de abril, con acceso a caminos tipo ET4, A4 y B4 durante las 24 horas.
- Circulación en caminos ET2, A2, B2, C o D: Permitida de 6:00 a 18:30 horas en horario diurno y de 00:00 a 6:00 horas y de 18:30 a 23:59 horas en horario nocturno, pero con la condición de viajar con dos carros piloto.
- Días de restricción total: 11, 12, 13, 17, 18, 19, 20, 26 y 27 de abril, cuando los vehículos mencionados no podrán transitar.
Sin embargo, las restricciones no aplicarán para unidades relacionadas con proyectos estratégicos del Gobierno de México, como el Tren Maya, el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec y los aeropuertos de Palenque, Chetumal y Tulum, así como para actividades del sector petrolero.
Estas medidas buscan reducir la carga vehicular en carreteras federales y garantizar un tránsito más seguro para los turistas y familias que viajarán durante el periodo vacacional. La Dirección General del Autotransporte Federal de la SICT emitió el aviso oficial, reforzando así la regulación de tránsito para estas fechas clave.