
Estos son los alimentos de comida ‘chatarra’ que están prohibidos en las 258,689 escuelas de México inscritas en el Sistema Educativo Nacional a partir de este lunes 31 de marzo.
La medida busca reducir los casos de sobrepeso, obesidad y diabetes en la población infantil en un país donde el 35% de los niños sufre de obesidad o sobrepeso, lo que aumenta su riesgo de desarrollar diabetes y enfermedades cardiovasculares.
La nueva normativa que prohibirá la venta de comida ultraprocesada y bebidas azucaradas tuvo su origen el 17 de marzo de 2022, cuando el entonces diputado Armando Contreras Castillo y actual director general del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA), presentó una iniciativa que buscaba blindar las escuelas de productos ultraprocesados, en país.
La nueva normativa expuesta en la Ley General de Educación, establece que las cooperativas y tiendas escolares no podrán vender alimentos ultraprocesados ni con altos contenidos de azúcar, grasas saturadas, grasas trans y sodio.
En caso de no cumplir con la ley, se publicó en el DOF que las multas se calcularán en Unidades de Medida y Actualización (UMA), cuyo valor en 2025 es de 113.14 pesos. Las multas pueden ir desde los 11,314 pesos (100 UMA) hasta 1,697,100 pesos (15,000 UMA).
Ejemplos de productos que no se pueden vender:
Cacahuate frito y con sal añadida
Fritura de harina
Donas
Flanes
Hamburguesas
Hot dog
Jugos de caja, néctares, refrescos o bebidas gasificadas
Papas fritas
Pasteles
Pizza
Chicharrones de cerdo y de harina
Cueritos
Frutas en almíbar
Crema entera o media crema
Dulces o golosinas
Paletas o helados de crema
Aguas de sabor industrializadas
Leches saborizadas
Nachos con queso
Botanas industrializadas
Tampoco se podrán vender:
Alimentos y bebidas con sellos de advertencia o leyendas en el empaque.
Alimentos y bebidas sueltos o a granel que en su empaque original, tenían sellos o leyendas de advertencia.
Alimentos o bebidas que incluyen en su preparación ingredientes con sellos o leyendas de advertencia.