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Una mujer embarazada fue víctima de negligencia médica en un hospital del IMSS en la Ciudad de México; su bebé falleció días después

CNDH exige al IMSS reparar daño por violencia obstétrica

Personal médico en sala de obstetricia brindando atención a una paciente embarazada
Negligencia en el IMSS causa muerte de recién nacido CNDH acredita violencia obstétrica y exige reparación del daño a la madre y su familia

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 41/2025 dirigida al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), tras confirmar que una mujer fue víctima de violencia obstétrica durante la atención médica en un hospital del instituto, lo que resultó en la muerte de su hijo recién nacido.

De acuerdo con la investigación, los hechos ocurrieron en el Hospital de Ginecopediatría 3A del IMSS, ubicado en la Ciudad de México. La mujer, con 41 semanas de embarazo, acudió el 9 de enero de 2024 en busca de atención médica. Al día siguiente, su familia fue informada de que el bebé había nacido con daño neurológico, falleciendo poco después.

La CNDH documentó diversas omisiones graves por parte del personal médico que atendió a la paciente. Entre ellas, se encuentra su ingreso al área de Tococirugía sin estar en trabajo de parto, la falta de vigilancia durante más de cuatro horas, la omisión de un ultrasonido obstétrico y el retraso en la decisión de realizar una cesárea. Estos fallos derivaron en un cuadro de sufrimiento fetal agudo y asfixia severa, que requirió maniobras de reanimación e intubación del recién nacido, quien finalmente perdió la vida.

La comisión concluyó que hubo violaciones a los derechos humanos a la salud, a la vida y al interés superior de la niñez, así como al derecho de la paciente a una vida libre de violencia obstétrica. Además, se identificaron deficiencias en la integración del expediente clínico, lo que también vulneró el acceso a la información en materia de salud.

Ante esta situación, la CNDH pidió al IMSS implementar diversas medidas de reparación. Entre ellas, se encuentra brindar atención psicológica y tanatológica gratuita e inmediata a la víctima directa y a sus familiares, así como garantizar que esta asistencia sea accesible y efectiva.

El IMSS también deberá colaborar en la investigación que realice la propia CNDH para deslindar responsabilidades, y está obligado a impartir, en un plazo máximo de seis meses, capacitaciones en derechos humanos al personal médico del área de Tococirugía del hospital involucrado. Además, deberá exhortar a su personal para que actúe conforme a la legislación nacional e internacional en la materia.

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