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La ministra de la Corte validó disposiciones de Querétaro que permiten limitar el suministro de agua potable por falta de pago, siempre que se garantice un mínimo de 50 litros diarios por persona para uso doméstico

Toda persona tiene derecho al agua sin discriminación: Yasmín Esquivel ante voto en la Corte

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó la legalidad en el estado de Querétaro que prevén la limitación del servicio de suministro de agua potable para uso doméstico y que, en caso de falta de pago, se deberá garantizar que “por lo menos” se proporcionen 50 litros del servicio diario por persona.

En debate público para analizar la acción de inconstitucionalidad presentada por el Poder Ejecutivo que se pronunció por declarar la invalidez de la Ley que Regula la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Querétaro, la ministra Yasmín Esquivel respaldó el proyecto que reconoce la validez de estas normas al considerar que “tanto las autoridades como las empresas concesionarias tienen el deber de respetar y garantizar el derecho humano al agua sin discriminación, asegurando su disponibilidad, calidad y accesibilidad”.

La jueza constitucional afirmó que se debe tomar en cuenta el mínimo de 50 litros diarios previsto por la Organización Mundial de la Salud, para evitar la desconexión total del suministro total de agua potable por falta de pago.

Yasmín Esquivel también enfatizó la importancia de proteger el acceso al agua como un derecho esencial para una vida digna, pues se encuentra reconocido en el párrafo octavo del artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

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