El presidente de México, AMLO, presentó este miércoles una iniciativa para reformar la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos. La propuesta busca que la emisión de permisos, licencias y el control de armas de fuego sea una facultad exclusiva del Presidente de la República y la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), desplazando a la Secretaría de Gobernación, que actualmente tiene estas responsabilidades.
La reforma también establece que la Sedena sea responsable de la fabricación, comercialización, control y registro de armas en México.
En su exposición de motivos, se argumenta que el incremento del tráfico ilícito de armas en el país, vinculado a la delincuencia organizada y homicidios dolosos, ha provocado un aumento del 93.96% en los homicidios con armas de fuego entre 2015 y 2021, según datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
La iniciativa también busca regular las armas de fuego para sectores rurales y comunidades indígenas. Se otorgaría certeza jurídica a ejidatarios, comuneros y jornaleros para portar armas fuera de zonas urbanas, protegiendo así sus bienes sin riesgo de ser procesados por autoridades.
Además, se propone que los deportistas de tiro y cacería justifiquen la transportación de sus armas desde su domicilio hasta campos de tiro acreditados por la Sedena.
La propuesta incluye sanciones para faltas administrativas y delitos relacionados con armas, explosivos y sustancias químicas, que no están previstos en la legislación vigente.
Esto también aplicaría a armas de gas, aire comprimido y pistón de calibre superior a 5.5 mm, así como a explosivos improvisados, como la pirotecnia, con controles más estrictos sobre almacenamiento y transporte.
La reforma permitiría el uso de armas de fuego en áreas estratégicas y de seguridad pública, como empresas estatales y paraestatales, incluyendo PEMEX, CFE, Banxico y el SAT, para que los empleados puedan portarlas en funciones de seguridad.
Además, autoriza a los miembros de las Fuerzas Armadas, con jerarquía de generales, jefes y oficiales en activo o en retiro, a portar armas sin necesidad de licencia.
Finalmente, se actualizan los tipos penales y se proponen sanciones de hasta 30 años de prisión por delitos como la posesión ilegal de armas de uso exclusivo del Ejército, y el uso de estas armas en homicidios o delitos. También se prohíbe el envío de armas y municiones por mensajería o paquetería.
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