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Avanza reforma de pueblos indígenas en comisiones del Senado; este martes al pleno

La reforma garantiza el derecho a decidir de los pueblos indígenas conforme a sus sistemas normativos a sus representantes y sus formas internas de gobierno, de acuerdo con la Constitución y las leyes aplicables, con excepción de no limitar los derechos político-electorales

sin discusión

TLAPA, GUERRERO, 10AGOSTO2015.- Mujeres indígenas na savi de sociedades civiles realizaron el primer concurso pictórico del ñuu savi denominado

La reforma a Pueblos indígenas establece la obligación de preservar, difundir y fomentar su cultura, lenguas y educación, con base en sus métodos de enseñanza-aprendizaje

Cuartoscuro

Por unanimidad, las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos del Senado, aprobaron el dictamen que modifica la Constitución para reconocer los derechos de los pueblos indígenas y afromexicanos.

El dictamen que se turnó a la Mesa Directiva para que sea discutido por el pleno en la sesión de este martes, establece que se reconoce a los pueblos y comunidades indígenas como sujetos de derecho público con personalidad jurídica y patrimonio propio, así como su identidad cultural, con especial atención en el reconocimiento de los derechos de niñas, niños, adolescentes y jóvenes.

La senadora de origen indígena de Morena, Edith López Hernández, reconoció que el camino no ha sido fácil y consideró que con esta reforma se salda una deuda que llevó décadas de lucha para ser escuchados frente a la falta de respuesta y solución real a nuestros problemas, generados por malos gobiernos y administraciones del pasado.

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La reforma haría que la administración de la Guardina Nacional pase a la Secretaría de la Defensa Nacional, otorgándole nuevas facultades.

“Durante mucho tiempo nuestros pueblos y comunidades indígenas padecimos engaños, promesas, olvido, hasta solo ser un objeto de museo estático, o ser relleno, o ser nada más parte de un escenario y, hasta represión”., reprochó

En tanto que el panista Ricardo Anaya, advirtió que los retos de esta reforma son su implementación y establecer la igualdad sustantiva a través de acciones afirmativas.

“Escolaridad, el promedio de la población en general en México, son 10 años de escolaridad, entre la población indígena solamente seis. El analfabetismo, población general cinco por ciento, pero entre población indígena, veinte por ciento, cuatro veces más. En pobreza extrema, la que más duele, población general 7%, entre la población indígena, veintiséis por ciento. La movilidad social, particularmente, en el sur del país, siete de cada 10 personas que nacen en pobreza mueren en pobreza. Entonces, si nosotros queremos cambiar esa realidad, nos tenemos que hacer cargo no solo de la implementación, sino del establecimiento de acciones afirmativas”, estableció

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Que se acate, es lo que le falta a la reforma constitucional de pueblos indígenas, dijo el presidente.

En su oportunidad, el senador de Movimiento Ciudadano, Luis Donaldo Colosio Riojas , reconoció que hay una deuda con este sector de la población y se tiene que establecer un piso parejo.

La reforma garantiza el derecho a decidir de los pueblos indígenas conforme a sus sistemas normativos a sus representantes y sus formas internas de gobierno, de acuerdo con la Constitución y las leyes aplicables, con excepción de no limitar los derechos político-electorales.

Preservar, difundir y fomentar su cultura, lenguas y educación, con base en sus métodos de enseñanza-aprendizaje.

Promover el desarrollo de la medicina tradicional y prácticas de salud, alimentación nutritiva, bioculturalidad e integridad de lugares sagrados, así como el reconocimiento del trabajo comunitario.

También, fija el derecho a ser consultados y cooperar de buena fe para adoptar y aplicar las medidas que puedan causar impactos significativos en su vida o entorno, para lo cual les brinda asistencia jurisdiccional idónea.

De igual modo, las autoridades, en el ámbito de sus competencias, deberán establecer las partidas específicas presupuestales para los pueblos y comunidades que administren y ejerzan conforme a las leyes de la materia.

Asimismo, permite a los pueblos originarios conservar su derecho a impugnar determinaciones por las vías legales pertinentes.