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Campaña “traidores a la patria” de Morena y Mario Delgado fue calumniosa: TEPJF

La Sala Superior confirmó que se realizaron diversas manifestaciones por parte de funcionarios del partido de la 4T y su dirigente nacional contra legisladores que no apoyaron la reforma energética del presidente López Obrador 

/CUARTOSCURO/

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Fotografía Cortesía

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó este miércoles por unanimidad de votos, que Mario Delgado Carrillo, dirigente nacional de Morena, y el partido de la 4T difundieron propaganda calumniosa durante una conferencia de prensa, un boletín y diversas publicaciones en redes sociales, en las que se realizaron diversas manifestaciones que calificaron como “traidores a la patria” a diversos legisladores por no haber apoyado la reforma energética del presidente Andrés manuel López Obrador.

En abril pasado, una ciudadana presentó una queja en contra de integrantes del partido guinda por la difusión de presunta propaganda calumniosa, al llamarla “traidor a la patria” por votar en contra de la reforma eléctrica. La Sala Regional Especializada determinó, entre otras cuestiones, existente la infracción mencionada. En contra de lo anterior se presentaron diversos medios de impugnación.

A propuesta del magistrado presidente, Reyes Rodríguez Mondragón, la Sala Superior del TEPJF, en sesión pública presencial, con las ausencias justificadas de la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso y el magistrado Indalfer Infante Gonzales, confirmó lo determinado por la Sala Regional Especializada respecto a la difusión de la propaganda calumniosa. Sin embargo, revocó parcialmente la sentencia impugnada, en lo relativo a la impugnación de Adriana Camila Armenta Gutiérrez, porque se determinó indebidamente su autoría del boletín de prensa publicado en la página de Morena.

Respecto a la difusión de propaganda calumniosa, la Sala Superior desestimó los argumentos de los recurrentes, debido a que las conductas desplegadas por los integrantes del partido de la 4T sí constituyen calumnia electoral. Además, la Sala Regional sí analizó las publicaciones a la luz de la libertad de expresión y determinó que no estaban protegidas por esta, fundamentó y motivó correctamente las sanciones impuestas y determinó la responsabilidad de cada uno de los sujetos involucrados.