
La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) comunicó que el fármaco Biadit está considerado como un producto engaño que contraviene no solo a la Ley General de Salud sino también en la integridad de las personas que lo consuman, pues su atribución terapéutica y rehabilitadora, dirigida a pacientes con diabetes, puede ser consecuencia de efectos secundarios nocivos.
El producto se promociona como supuesto suplemento alimenticio en beneficio del tratamiento de la ya mencionada enfermedad crónico-degenerativa, sin embargo, la Cofepris establece que dicha aseveración es contradictoria a lo estipulado en las leyes sanitarias, ya que la finalidad de los suplementos es incrementar la ingesta dietética total, complementarla o suplir algunos de sus componentes más no ser considerados como un medicamento.
Biadit se integra a la lista de productos engaño que propician efectos nocivos para la salud o una interacción negativa con medicamentos que el paciente consuma, además de ser elaborado con ingredientes de origen natural o sintético en distintas proporciones, como la gimnema (planta silvestre) y cromo (metal metalúrgico), mismos que interfieren con los niveles de azúcar en la sangre de quienes la consumen en grandes cantidades.
Las sustancias engaño, conocidos anteriormente como “productos milagro” interfieren contra las normatividades sanitarias establecidas, brindan información incompleta en su etiquetado, se elaboran con ingredientes no aprobados por la Cofepris, emplean términos engañosos o exaltan su publicidad terapéutica, todo esto adherido a la falta de estudios que garanticen la seguridad y eficacia de los tratamientos.
Al incorporarse a dicho listado su comercialización y publicidad podría dar pie a multas, clausuras temporales o definitivas de establecimientos e inclusive arrestos de hasta 36 horas, por lo que la Cofepris reitera el compromiso respecto a las denuncias sanitarias de la población las cuales pueden ser declaradas al 800 033 5050 o de manera presencial en los Centros Integrales de Servicios correspondientes al organismo sanitario de cada entidad del país.
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