Nacional

Impulsan obligar la actualización de Repuve contra detenciones por culpa de otros

Diputada del PT advierte que servidores públicos estatales que no acaten esta disposición para contribuir con este registro deben ser sancionados por “faltas administrativas graves"; ciudadanos pagan por otros, dice

Ley del Registro Público Vehicular

Repuve CDMX

Módulo de un Repuve en la CDMX que también debe contribuir a la actualización de su registro y hacerlo público a nivel nacional.

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El PT en la Cámara de Diputados impulsa añadir que el servidor público que incumpla con la actualización de la base datos del Registro Público comete “faltas administrativas graves” y se le debe sancionar (Repuve).

Esto derivado de que se han dado casos de detenciones de personas que muestran copias del Repuve nacional en las que no aparece ningún tipo de reporte, debido a la falta de actualización de la base de datos.

“Como consecuencia, las personas detenidas tienen que gastar recursos para conseguir su libertad y nadie se los reintegra, a pesar de que es responsabilidad del servidor público del Repuve estatal realizar dicho trabajo para no afectar a otros individuos”, explica.

Por tanto, la legisladora por Oaxaca plantea que sea “falta administrativa grave por parte de las y los servidores públicos de las entidades federativas no mantener actualizado el Repuve estatal, relativo a altas, bajas, cambio de propietario, emplacamiento, infracciones y toda la información relativa a los vehículos”.

En su exposición de motivos explica: “Una utilidad que podemos conseguir se da en múltiples formas, la más importante es para comprobar el estatus de un coche usado que queramos adquirir, pues no comprobarlo conlleva penalidades legales, que pueden llevarnos a la cárcel por la irresponsabilidad de servidores públicos que incumplen con los convenios entre fiscalías para actualizar la base de datos y con los establecido en el artículo 7 de la misma Ley del Repuve”.

Destaca que a la actual normatividad establece que para mantener actualizado el registro de vehículos, las autoridades federales y las de las entidades federativas, de conformidad con sus atribuciones, suministrarán la información relativa a altas, bajas, cambio de propietario, emplacamientos, infracciones, pérdidas, robos, recuperaciones, pago de tenencias y contribuciones, destrucción de vehículos, gravámenes y otros datos con los que cuenten”

La propuesta fija el artículo 25 Bis de esa ley: “Las personas servidoras públicas de las entidades federativas que no cumplan con lo establecido en el párrafo segundo del artículo 7 de esta ley, en términos de los convenios correspondientes, serán sancionadas como faltas graves conforme a lo establecido en la Ley General de Responsabilidades Administrativas.”