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INE establece lineamientos para gastos y actividades de pre-campañas

Los estatutos tienen la finalidad de regular los proceso políticos como actos, actividades y propaganda de las y los aspirantes y frenar los actos de proselitismo adelantado

elecciones 2024

Sesión extraordinaria del Instituto Nacional Electoral

Sesión extraordinaria del Instituto Nacional Electoral

Cuartoscuro

El Instituto Nacional Electoral (INE) decretó una serie de lineamientos para que los partidos políticos y sus aspirantes informen sobre los gastos de sus precampañas. Asimismo, el organismo estableció topes de gastos para los aspirantes de Morena y el Frente Amplio por México.

Dichos lineamientos surgen a partir de los procesos internos de los partidos políticos para definir a sus candidatos presidenciales, los cuales han iniciado actividad de precampaña y que también han sido señalados por la opacidad en la rendición de cuentas y por adelantarse a los tiempos fijados por la ley.

En este sentido, los estatutos tienen la finalidad de regular los proceso políticos como actos, actividades y propaganda de las y los aspirantes y frenar los actos de proselitismo adelantado.

Algunos lineamientos como “De los actos y de la propaganda” señalan que estos no deben persuadir a los ciudadanos a respaldar la postulación de candidaturas o precandidaturas a un cargo de elección popular, pues incurrirían en un acto proselitista. 

Además, el INE estableció que los partidos políticos deberán establecer los topes de gastos para sus aspirantes, los cuales “no serán superiores a la cantidad de 34 millones 370 mil 666 pesos por persona inscrita”.

Asimismo, los partidos podrán utilizar su financiamiento público ordinario para la organización de sus procesos políticos internos.

Entre los gastos que los partidos deberán declarar, de acuerdo con el artículo 34, están los sueldos y salarios del personal contratado eventualmente; servicios generales, por ejemplo, arrendamiento de bienes inmuebles, viáticos y transporte, combustible, producción de videos, asesoría y consultoría, encuestas o consultas; materiales y suministros, tales como papelería, artículos de aseo y limpieza, vestuarios y uniformes, entre otros.

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Por otro lado, existe otro lineamiento que busca evitar actos de corrupción o soborno. Específicamente se trata del artículo 10 que prohíbe la entrega de cualquier tipo de bien o servicio en el que se oferte o entregue algún beneficio directo, indirecto, mediato o inmediato, en especie o efectivo.

El artículo 18, por ejemplo, establece que las y los legisladores podrán acudir a los eventos en días y horas hábiles, siempre dichas actividades no los distraigan de su participación en las actividades parlamentarias.

El INE también emitió lineamientos que tienen que ver con la Prohibición del uso de tiempos de radio y televisión para la difusión de los Procesos Políticos. Es decir, que “En ninguna circunstancia difundirán los Procesos Políticos o el nombre, imagen, voz o cualquier otro elemento que identifique a personas inscritas”, en tiempos oficiales de radio y televisión.

Con estos lineamientos, el INE exhortó a los actores políticos, partidos y protagonistas a acatar dichos lineamientos para establecer un ambiente de ética y respeto a la legalidad.

Cabe señalar que dichos lineamientos entraron en vigor el pasado 26 de julio. No obstante, esta fiscalización deberá aplicarse durante todo el proceso, desde la convocatoria del proceso político interno para elegir “Coordinador(a) de Defensa de la Transformación” y “Responsable de la construcción de un Frente Amplio por México’’, hasta la publicación de los resultados o declaración final.

Todos los lineamientos pueden consultarse a detalle a través de la página oficial del INE.