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Las mujeres en prisión, pagadoras dobles

Siguiendo con el tema de las mujeres en prisión que Crónica ha abordado esta semana, presentamos una plática con Julia Álvarez Icaza, abogada que es parte del consejo asesor de Clara Brugada

Prisión
Prisión y género Prisión y género (Especial)

Las mujeres siguen siendo pocas porcentualmente en las poblaciones penitenciarias, 6 por ciento en muchos estados, aunque es cierto que está creciendo en los últimos años, señala Julia Álvarez Icaza, parte del consejo asesor de Clara Brugada, “las mujeres participamos cada vez más en los ámbitos privados y públicos del país, y eso ha traído también como consecuencia que nos veamos algunas veces en conflictos delictivos”.

“En el caso de la Ciudad de México, que es el sistema penitenciario que he trabajado por años, hay mujeres que están privadas de su libertad por cuestiones de género. Pagan doble sentencia, por el delito y por ser mujeres”, agrega y expone ejemplos:

En su labor de defensoría detectó casos en los que la pareja sentimental asesina al hijo de la mujer y ambos terminan en prisión. En el caso de la mujer, que incluso pudo no estar en el lugar del asesinato, lo que se penaliza es “que no haya sido una super madre”, puntualiza Álvarez Icaza.

Así, aunque quede claro que materialmente estaba imposibilitada de evitar el asesinato de su hijo, la sentencia de la mujer termina siendo un reclamo de que no haya sabido jugar ese super rol que existe en la mente colectiva.

De esa magnitud son los casos de inequidad que comenta Álvarez Icaza y que son una muestra de lo que aún falta por lograr en materia e género.

Al ejemplo anterior, la abogada agrega los casos de las pagadoras o mulas, intermediarias que portan en su cuerpo o en su ropa la droga del narcotráfico, y que son quienes terminan en prisión; al igual que las que terminan por robos de poca cuantía, incluidos los famélicos, es decir, los realizados por hambre, para alimentar a su familia.

“No quiero romantizar y decir que la mayoría están por eso, pero sí hay muchas mujeres privadas la su libertad por robos menores”, comenta la jurista, quien añade que la situación no termina allí. “En la teoría penal se dice que la pena privativa de la libertad no puede ser extendida a más personas, sino que debe ser individualizada”, señala, “pero esto es imposible en el caso de la mujer, porque ella sostiene una red, empezando por sus hijos”.

A los hijos se añade la afectación a otros miembros de la familia en los que la mujer cumple el rol de cuidadora. Ancianos, enfermos.

Y por si fuera poco, la jurista agrega que la mujer es abandonada en prisión, deja de recibir visitas y apoyos económicos desde el exterior, generalmente a los 6 meses. “En los hombres ocurre lo contrario, cuando entra a prisión se crea una red de esposa, madre, tías, hermanas, toda una red que lo procuran hasta el fin de los días en los que estará privado de la libertad. Eso no sucede con las mujeres”.

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