Por mayoría, las Comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos del Senado aprobaron reformas al Código Civil Federal, para que los apellidos de un recién nacido se pongan en el orden que ambos progenitores acuerden ante el registro civil, como ya se establece en estados como Quintana Roo, Yucatán y la Ciudad de México.
Es decir que ya no sea el apellido paterno el que tenga prevalencia y que el apellido materno pueda ser el que ofrezca identidad al menor y el resto de sus hermanos.
La propuesta de senadoras y senadores de Morena y PRI que modifica el artículo 58 de este código, hace referencia a la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que definió como inconstitucional obligar a registrar a un recién nacido anteponiendo el apellido paterno, pues esta práctica relega a la mujer a un rol secundario en el ámbito familiar.
La Corte señaló que esta disposición establece un prejuicio que discrimina y disminuye el rol de las mujeres en las familias y, en consecuencia, en la sociedad.
La reforma provocó polémica entre los integrantes de estas comisiones; el senador panista, Damián Zepeda, consideró que esta reforma no atiende un problema de la sociedad mexicana sobre todo si los padres en cuestión no se ponen de acuerdo en el orden que deben ir los apellidos.
"Estamos diciendo, sabes que son dos apellidos y van a ser en el orden en que se pongan de acuerdo ellos dos, pero es que son dos personas y qué pasa si no se ponen de acuerdo, no dice la ley, o sea, la propuesta que están haciendo no te establece una solución, no dice sino se ponen de acuerdo, entonces va pasar esto, pues quién sabe, se van a ir a pleito, a juicio", explicó Zepeda.
El senador del grupo plural, Germán Martínez, secundó en que esta situación podría generar un conflicto que incluso lleve al divorcio a las parejas.
En tanto que el senador de Movimiento Ciudadano, Noé Castañón, argumentó que las entidades federativas son libres y soberanas en materia de familia.
"No quiero que estemos usando estas reformas al Código Civil Federal como un referente, como si fuera el Código Civil una ley general, no. El Código Civil Federal tiene aplicaciones muy particulares en territorio federal para cuestiones muy particulares. (...) Para que no vayamos a caer en un malentendido de hacer una regulación marco que venga a conminar a las entidades federativas en adecuar su legislación local", estableció.
El dictamen se aprobó pero con el acuerdo de llevar una reserva al pleno para que se defina claramente qué procede cuando los padres no se pongan de acuerdo y se evite un litigio civil por esta causa.
Se insiste que la imposición del apellido paterno responde a un trasfondo histórico, en el cual la concepción del hombre como jefe y portador del apellido de la familia relega a las mujeres al papel de simples integrantes, lo que niega las funciones que realizan.
"No hay justificación para limitar el derecho de los padres a elegir el nombre de sus hijos, a partir de prejuicios que pretenden perpetuar la situación de superioridad del hombre en las relaciones familiares", se señala en el dictamen.
Se hace referencia que de acuerdo con el Censo de Población y Vivienda 2020, a nivel nacional, en 33 de cada 100 hogares, las mujeres son reconocidas como jefas de la vivienda, lo que representa 11 millones 474 mil 983 hogares.
Esta reforma permitirá dar un reconocimiento a las mujeres que, en muchas partes del país, sostienen no sólo a las familias, sino a sus comunidades a lo largo de las generaciones.
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