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Ordena INAI a Semarnat entregar  autorización provisional para tramo 4 del Tren Maya. 

La titular del INAI, Blanca Lilia Ibarra advierte  para solicitudes de la misma naturaleza, pero para tramos distintos del Tren Maya, la Semarnat ha utilizado distintos criterios donde en unos procede a entregar la información y en otras no.

reticencia

Tren Maya avanza entre polémica

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En medio de la polémica que envuelve a esta obra del gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la información y Protección de Datos Personales (INAI), ordenó a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) entregar la autorización provisional otorgada para la construcción del Tramo 4 del Tren Maya.

Ello luego de que la Semarnat se negó a entregar la información a un particular que la solicitó bajo el argumento de que esta reservada al explicar que proporcionar información sobre las autorizaciones provisionales podría generar presiones para las personas servidoras públicas involucradas en la toma de decisiones, lo cual afectaría su imparcialidad al momento de emitir una resolución.

Sin embargo, la presidenta del INAI, Blanca Lilia Ibarra Cadena, reviró que la reserva de información es improcedente, pues la Semarnat no acreditó la existencia de un procedimiento deliberativo en trámite, del cual forme parte la autorización provisional otorgada para la construcción del Tramo 4 del Tren Maya, además, se advirtió que se trata del documento en el que se sustenta la realización de los trabajos del proyecto.

Aunado a lo anterior, se constató que, en atención a una solicitud presentada con anterioridad, con folio 330026722001323, la dependencia proporcionó copia del oficio por medio del cual se acordó la autorización provisional del Tramo 5 del Tren Maya, con lo cual se comprueba que la dependencia utiliza diferentes criterios para el mismo proyecto.

“Advertimos que, para solicitudes de la misma naturaleza, pero para tramos distintos del Tren Maya, el sujeto obligado ha utilizado distintos criterios; mientras en este asunto clasificó la información por tratarse de una autorización provisional, en la solicitud con diverso folio proporcionó la documentación que da cuenta del permiso provisional del Tramo 5”, recriminó

Ibarra Cadena, recordó que la autorización provisional del Tramo 4 fue otorgada con base en el Acuerdo presidencial, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 22 de noviembre de 2021 y este documento también instruye a las dependencias y entidades a otorgar la autorización provisional a la presentación u obtención de los dictámenes, permisos o licencias necesarias para iniciar los trabajos correspondientes.

“Por ello, resulta relevante garantizar la transparencia en los procedimientos derivados de la aplicación del Acuerdo, pues así la sociedad podrá valorar la actuación de las autoridades administrativas en la emisión de autorizaciones provisionales, que permiten la ejecución de un proyecto de infraestructura que es clave para la Administración Pública Federal y que, claramente, tiene efectos sobre el medio ambiente y los recursos naturales de la nación”, aseveró

Ibarra Cadena recordó que el Pleno del INAI promovió en diciembre de 2021, ante la SCJN, una controversia constitucional contra el Acuerdo referido, entre otros aspectos, porque se traduce en un obstáculo en la aplicación del principio de máxima publicidad, en la medida en que dificultaría la difusión y entrega de la información relacionada con proyectos de infraestructura, al considerarlos de seguridad nacional.

“La Suprema Corte de Justicia de la Nación otorgó la suspensión respecto de esta vertiente, al considerar que la reserva general que se deriva del Acuerdo presidencial afecta nuestra competencia, ya que nos corresponde velar por el derecho de acceso a la información pública”, destacó.

Por ello, el INAI revocó la respuesta de la Semarnat, a efecto de que proporcione al particular la autorización provisional otorgada para la construcción del Tramo 4 del Tren Maya.