Nacional

Quedará prohibido fumar en estos lugares; la venta de tabaco en tiendas será por lista

Se prevé que, en un horizonte de 10 años, con estas medidas para frenar el consumo de tabaco se eviten más de 49 mil muertes prematuras y 292 mil nuevos casos de enfermedades asociadas al tabaquismo.

Mujer fumando un cigarrillo
Actualmente, en México los gastos de atención médica atribuibles al tabaquismo se calculan en más de 116 mil millones de pesos cada año. Actualmente, en México los gastos de atención médica atribuibles al tabaquismo se calculan en más de 116 mil millones de pesos cada año. (Cuartoscuro)

El nuevo reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco entra en vigor a partir de este 15 de enero; contempla ampliar los espacios cien por ciento libres de humo; además de la prohibición de toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de cigarros, a través de cualquier medio de comunicación y difusión, incluida la exhibición directa e indirecta de los productos del tabaco en puntos de venta.

“El presente Reglamento tiene por objeto establecer el control, fomento y vigilancia sanitaria de los productos del tabaco, su elaboración, fabricación, importación y prohibiciones en toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de los mismos, así como la regulación para la protección contra la exposición al humo de tabaco y sus emisiones. Este Reglamento es de aplicación obligatoria en todo el territorio nacional y sus disposiciones son de orden público e interés social”, se lee en el Artículo 1 del decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Una de las medidas que no ha gustado mucho a la industria tabacalera es que sus productos ya no estarán a la vista del público en centros comerciales, tiendas de conveniencia ni ningún punto de venta; ahora la comercialización de los cigarros deberá realizarse a través de una lista textual y escrita de estos productos con sus precios, sin logotipos, sellos o marcas.

De no cumplirse el nuevo reglamento, las autoridades sanitarias competentes aplicarán las sanciones correspondientes.

Con estas modificaciones, publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF), los fumadores verán limitada las zonas en donde podrán disfrutar de sus cigarrillos, porque se amplían los espacios cien por ciento libres de humo y emisiones en cualquier lugar de trabajo, centros de concurrencia colectiva como plazas, playas, parques, estadios, así como en el transporte público y las escuelas en todos los niveles educativos, incluidas todas las universidades.

Tampoco se podrá fumar en mercados, patios, terrazas, balcones, parques de diversiones, área de juegos o lugares donde permanezcan o se congreguen niñas, niños y adolescentes; parques de desarrollo urbano, deportivos, centros de espectáculos y entretenimiento, así como lugares de consumo o servicio de alimentos o bebidas y paraderos de transporte.

En los lugares destinados al hospedaje de personas queda estrictamente prohibido fumar, consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco o de nicotina en sus habitaciones y áreas con acceso al público en general o de uso común.

A pesar de que la Secretaría de Salud explicó que estas medidas aseguran mayor grado de protección de la salud de las personas y privilegian el interés superior de la niñez porque promueven la desnormalización del consumo de cigarro y lo más importante, generarán grandes beneficios a la salud pública, el sector empresarial ha expresado su inconformidad.

Representantes de la industria tabacalera, comercial, de servicios y restaurantera, como CONCAMIN, CCE, ANTAD, CANACINTRA, CONCANACO, CONAINTA y CANIRAC, alertaron a sobre el impacto que generarán las modificaciones al Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco que entrarán en vigor este 15 de enero del 2023.

Los organismos coincidieron en la necesidad de promover acciones para proteger la salud, así como la necesidad de impulsar políticas públicas que tiendan a la prevención del consumo del tabaco.

No obstante, los representantes de la iniciativa privada señalaron que la emisión, la aprobación y la publicación del reglamento no se adhirieron al debido proceso establecido en la Ley.

“ El Reglamento rebasa lo previsto en la Ley: la Secretaría de Salud excede sus facultades al asumir funciones de legislador y sería la primera vez en el país que por disposición oficial se oculte un producto legal para su venta”, señalaron.

Argumentaron que en México el tabaco es legal y está regulado en la Ley General para el Control del Tabaco; “un producto cuya comercialización es legítima, por lo cual la prohibición de su exhibición resulta infundada”.

A través de un comunicado conjunto, los empresarios aseguraron que la prohibición de la exhibición del tabaco no solo afectará económicamente a los pequeños negocios que han sido severamente dañados por la pandemia, sino que impactará también de forma injustificada a la libertad de comercio y a los derechos de los consumidores a la libre elección.

La CANIRAC anunció que apoyará con asesoría jurídica a los restauranteros que consideren que serán afectados y quieran ampararse, porque les parece que el reglamento contiene múltiples violaciones a tratados comerciales, específicamente en materia de protección de inversiones, libertad de comercio y derechos humanos.

“Las empresas, los comercios e industria tenemos toda la disposición de colaborar, invertir, generar empleos y cumplir con la Ley. Para lograrlo, hacemos un llamado a las autoridades a respetar el Estado de Derecho y reconsiderar políticas prohibicionistas que atentan contra de la libertad de comercio, los trabajadores y los consumidores”, concluyeron.

Copyright © 2023 La Crónica de Hoy .

Lo más relevante en México