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Semarnat confía en que la SCJN hará justicia a reclamos indígenas contra mineras

La Ley Minera debe priorizar la vida de los pueblos originarios y no los intereses de las empresas privadas, lo que debe ser aplicado como ejemplo, destaca la dependencia

Mujeres indígenas en una ceremonia tradicional
Cuartoscuro Cuartoscuro (La Crónica de Hoy)

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) expresó su confianza en que las y los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolverán con justicia los estándares de protección de derechos para pueblos indígenas y núcleos agrarios, en contra de actividades mineras y la entrega de territorios indígenas y agrarios, incluyendo el agua a las corporaciones mineras hasta por cien años.

La Semarnat tiene conocimiento de que el próximo 19 de enero, la primera sala de la SCJN analizará el Amparo en Revisión 134/2021, en el que una comunidad indígena reclama la inconstitucionalidad e inconvencionalidad de diversos artículos de la Ley Minera, por establecer la preferencia de las actividades de esta actividad sobre cualquier otro uso o aprovechamiento del terreno, y por disponer la entrega de territorios indígenas y agrarios, incluyendo el agua a las corporaciones mineras hasta por cien años.

Esta Secretaría expresa su interés en la resolución del caso, toda vez que anteriormente manifestó que el derecho a un ambiente sano es primordial y prevalece frente a intereses particulares que explotan las riquezas del subsuelo; es decir, no existe duda de que la preferencia establecida por la Ley para la minería es contraria a la preferencia que derivada de las obligaciones constitucionales y convencionales del Estado Mexicano, de tener el derecho a un medio ambiente sano, así como al uso y disfrutar preferentemente de los recursos naturales de los lugares que habitan y ocupan las comunidades indígenas.

La minería es una actividad que la mayoría de las veces implica un impacto significativo en el ambiente, en los territorios y en las comunidades cercanas a las minas; deteriora el equilibrio ecológico en muchas ocasiones de manera irreversible y afecta los derechos y las vidas de las comunidades de México.

A la fecha están vigentes 24 mil 066 concesiones mineras en el país distribuidas en 16.83 millones de hectáreas (el equivalente al 8.59 por ciento del territorio nacional), y en los últimos años, la Semarnat ha atendido diversos casos de daños ambientales causados por la minería, en los que se encontró una vinculación y afectación a pueblos indígenas.

La pérdida de la cubierta vegetal, alteraciones de la calidad del aire y aguas superficiales y subterráneas, generación de drenaje ácido, degradación de ecosistemas terrestres y acuáticos y contaminación con sustancias de proceso o materiales depositados, son algunas de las consecuencias provocadas por esta industria extractiva, debiendo añadir que con la complicidad de gobiernos pasados las empresas mineras han arrasado con ecosistemas y cuencas hidrológicas, contaminando regiones enteras, por lo que sí hay relación directa de la Ley Minera y las concesiones derivadas de ella con los derechos de los pueblos y comunidades indígenas, como lo es principalmente su territorio y el uso y disfrute permanente de sus bienes naturales.

Por lo anterior, esta secretaría confía en que las y los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolverán el asunto conforme a los estándares de protección de derechos más altos para pueblos indígenas y núcleos agrarios, y que priorizarán la vida, el territorio y el ambiente, por encima de los intereses de las empresas mineras

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