Opinión

Crónica de un nombramiento anunciado

Crónica de un nombramiento anunciado

Crónica de un nombramiento anunciado

La Crónica de Hoy / La Crónica de Hoy

...Yo me postulé solito. Desde que vi la Constitución (...) dije: —El Instituto y esta Constitución permiten hacer cosas que los planificadores hemos esperado toda nuestra vida—...”.

Estas fueron las palabras con las que, el pasado 6 de noviembre, el Mtro. Pablo Benlliure (candidato a dirigir el Instituto de Planeación capitalino), respondía a una de mis preguntas sobre la autonomía de su postulación.

El proceso para definir dicho nombramiento no es sencillo, pero podemos intentar simplificarlo en tres etapas que vienen estipuladas en la Constitución local y en la ley correspondiente.

Lo primero es integrar el Comité de Selección. Para esto, la Jefa de Gobierno tiene que hacer una lista de diez personas expertas en la materia y remitirla al Congreso.

En segundo lugar, de esas diez personas el Congreso debe elegir cinco para conformar el Comité.

En la siguiente etapa, la Constitución señala que “la o el Director General” del Instituto de Planeación: “Será designado por mayoría calificada del Congreso a partir de una terna propuesta por un comité de selección”.

Sin embargo, en contravención a lo que establece la Constitución local, la Comisión de Normatividad del Congreso determinó, mediante un decreto, auto-asignarse la responsabilidad de “dictaminar la designación de la persona titular” mediante un proceso de evaluación.

Lo anterior ya generó diversas manifestaciones por parte de los colegios profesionales de ingenieros, urbanistas y arquitectos que reclaman la irregularidad del procedimiento por no estar apegado a lo que dice el máximo ordenamiento de la ciudad.

Este complejo aparato fue diseñado para garantizar que la persona titular del Instituto de Planeación, goce de plena autonomía pero, en la práctica, esto no ocurrió así.

Los que estuvimos involucrados en el proceso legislativo, pudimos darnos cuenta de quién iba a ser el elegido, incluso antes de que el Comité de Selección fuera integrado (si usted tiene curiosidad, puede constatarlo en un tuit que subí el 18 de septiembre de este año donde viene mi vaticinio).

La evaluación que llevó a cabo la Comisión de Normatividad fue una burla. Se trató de una somera calificación (del 1 al 10), de la “probidad” y la “solvencia” académica y profesional de los candidatos.

¿Usted conoce un “probidómetro”?, la probidad no se puede medir en una escala numérica: se es probo o no.

¿Por qué construir toda una simulación?, ¿por qué no simplemente cambiar el proceso para que la Jefa de Gobierno pudiera nombrar a quien ella considerara idóneo para el puesto?

Al final hasta la terna desapareció. Cuando los otros dos candidatos vieron que ni Demóstenes, con toda su elocuencia, podría cambiar la mente de la mayoría de los integrantes de la Comisión, decidieron pedir que sus nombres fueran retirados del Acuerdo acusando: “...una violación sistemática al proceso parlamentario”.

No parece legítimo pisotear así el espíritu de nuestra Constitución, para que se cumpliera sin tropiezos un nombramiento tan anunciado.

*Vicecoordinador de Grupo Parlamentario del PRD

@jorgegavin