
El Servicio de Administración Tributaria (SAT), amplió por un mes el plazo para que las personas físicas presenten su declaración anual 2021, correspondiente al ejercicio 2020, por lo que la fecha límite vence el próximo 31 de mayo.
El órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), señala a través de un comunicado que se tenía contemplado el vencimiento de la declaración anual el próximo 30 de abril, pero ante la pandemia de COVID-19 y evitar aglomeraciones, filas y evitar posibles contagios, ahora los contribuyentes tendrán un mes más de plazo para cumplir con esta obligación.
“Esta medida obedece a que el Servicio de Administración Tributaria seguirá apoyando de manera firme la Jornada de sana distancia y quédate en casa, mediante el exhorto respetuoso a las personas contribuyentes a que privilegien el uso de las distintas herramientas tecnológicas que se tienen a su disposición para el cumplimiento de las obligaciones fiscales y con ello evitar la numerosa presencia de contribuyentes en nuestras oficinas”, asegura el SAT.
-La declaración anual debe presentarla las personas físicas que obtuvieron ingresos por:
-Servicios profesionales (honorarios).
-Obtenidos por trabajar para dos o más patrones de manera simultánea.
-Cuando la totalidad de los ingresos anuales por salarios excede de 400 mil pesos.
-Si además de salarios obtuvieron otros ingresos.
-Si los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener.
-Cuando obtuvieron ingresos por indemnización o jubilación.
-Actividades empresariales.
-Plataformas tecnológicas
-Arrendamiento
-Intereses
-Dividendos
-Enajenación de bienes
Asimismo, la dependencia recordó que el pasado 31 de marzo venció el plazo para la declaración de impuestos para las empresas.
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