Opinión

Justicia numérica

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La Crónica de Hoy / La Crónica de Hoy

El mayor crimen está ahora, no en los que matan,

sino en los que no matan pero dejan matar.

José Ortega y Gasset

En abril de 2019, se aprobó la reforma constitucional en materia de prisión preventiva oficiosa (PPO) que, como ya hemos mencionado en otras ocasiones, sirvió para ampliar el “catálogo” de delitos que ameritan esta medida cautelar. En esa reforma se estableció un plazo de 90 días para armonizar las normas secundarias con los nuevos supuestos delictivos contemplados en el artículo 19 de la Constitución.

A más de un año de distancia, las adecuaciones normativas no llegaron; sin embargo, el foco político nuevamente relució debido a la contradicción de tesis 551/2019 que la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió en julio de este año, condicionando la aplicación de la prisión preventiva oficiosa en delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos, petroquímicos y de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo de las fuerzas armadas, hasta cumplir con la adecuación normativa ordenada en la reforma.

En ese contexto, el 30 de julio de este año el Senado de la República aprobó apresuradamente el dictamen que reforma los Códigos Penales sustantivo y procesal, las Leyes en materia de Delitos Electorales; de Desaparición Forzada de Personas; de Hidrocarburos; de Armas de Fuego; de Salud; contra la Delincuencia Organizada y de Vías de Comunicación. Como corresponde, se turnó a la Cámara de Diputados para su discusión, en donde con la participación de personas expertas en el tema se llevó a cabo el ejercicio de Parlamento abierto sobre la minuta de armonización legislativa en materia de prisión preventiva oficiosa. Hasta aquí todo bien.

Aunque supuestamente se trataría de una simple armonización legislativa en materia de prisión preventiva oficiosa, el dictamen no va sólo en esos términos sino que aprovecharon el viaje para incluir “letras chiquitas”.

En el Código Nacional de Procedimientos Penales, por ejemplo, por lo que respecta a los delitos cometidos con medios violentos, se agrega el supuesto de la utilización de armas de fuego o explosivos de juguete; en la Ley de Delitos Electorales y en la de Comunicaciones se incorporan nuevas hipótesis delictivas; y en la Ley de Armas de Fuego y el CPF se realiza un aumento de sanciones a diversos tipos penales. O sea, tenemos nuevas formas para cometer los delitos de antes, desde luego, con el irresistible aumento de penas al que el Legislativo sucumbe con frecuencia.

De verdad creo que, en determinadas condiciones, el uso del Derecho Penal es legítimo porque es necesario. En otras es, por decir lo menos, inconcebible. Así con la prisión preventiva oficiosa, elegantemente ataviada con el adjetivo “preventiva”, se hace uso indiscriminado de un recurso que debe ser extraordinario. A la persona privada de su libertad poco o nada le importa el título jurídico que se dé a su condición, para ella es una pena y punto.

Si en el mejor de los casos, la persona acusada eventualmente es condenada, la prisión preventiva habría cumplido con su objeto, pero ¿y si es hallada inocente? ¿Quién-y más importante-cómo se recupera el tiempo arrebatado en aras de hacer justicia?

La PPO es un comodín, el que usan muchas autoridades encargadas de procurar y administrar justicia, quienes pretenden justificar su eficacia en cifras. Vea usted las notas. Parece importarnos poco el rostro humano, tasamos nuestro criterio partiendo del incremento, la permanencia o la reducción de índices de delito; en una suerte de justicia numérica, aunque inhumana, que a muchos permite vivir en la autocomplacencia o felizmente engañados.

Va de nuevo nuestro rechazo por la ampliación constitucional de los delitos que ameritan PPO, tanto por su notable contradicción con la vigencia de derechos humanos, como por su ineficacia. El país está sediento de decisiones firmes y correctas, aunque impopulares, claro que para ello se necesita de mujeres y hombres a la altura del reto. Diga usted si esperamos a que lleguen o si el cambio lo iniciamos nosotros.