Opinión

La importancia del Constituyente Permanente Capitalino

La importancia del Constituyente Permanente Capitalino

La importancia del Constituyente Permanente Capitalino

La Crónica de Hoy / La Crónica de Hoy

La promulgación de la Reforma Política en la Ciudad de México en el año 2016 no solamente implicó una serie de cambios de nombres de Distrito Federal a Ciudad de México y Delegaciones por Alcaldías. Lo que generó una falsa percepción social que en la realidad fue construida por una deficiente comunicación por parte del gobierno en turno local, el descrédito social que tiene el trabajo legislativo aunado el desinterés ciudadano por los asuntos públicos.

Bajo esta perspectiva, les comento que la reforma política de la Ciudad de México implica algo más que un simple cambio de nombre, representa un rediseño institucional de la capital del país y una mayor participación en los asuntos públicos federales. Prueba de ello, es que desde la creación del Pacto Federal en 1824 hasta el año 2018, la Ciudad de México no formaba parte del Constituyente Permanente Federal; lo cual la excluía de poder participar en las adiciones y reformas que se realizan a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Sin embargo, con la promulgación de la Reforma Política de la Ciudad de México en el año 2016, y sus reformas al artículo 122 constitucional en el cual se estableció que la capital del país contara con verdaderos poderes locales y no órganos de gobierno, se logró la inclusión y participación de la ciudad en el Constituyente Permanente. De esta forma y al ser integrante de la Primera Legislatura del Congreso de la Ciudad de México, he tenido la gran oportunidad de participar en la ratificación de diversas reformas constitucionales que se han realizado durante este año.

La primera reforma constitucional que ratificó el Congreso capitalino fue la relacionada con la modificación a los artículos 22 y 73, en materia de Extinción de Dominio. La segunda reforma constitucional aprobada correspondió a la creación de la Guarda Nacional. Posteriormente se ratificó la reforma al artículo 19 constitucional en materia de prisión preventiva oficiosa. Las últimas dos reformas constitucionales aprobadas estuvieron relacionadas con la modificación a los artículos 3, 31 y 73 en materia educativa; y los artículos 20, 40, 35, 41, 52, 53, 56, 94 y 115 en materia de paridad de género.

En síntesis, la participación de esta Primera Legislatura como integrante del Constituyente Permanente ha sido fructífera y elemental para cumplir con el ordenamiento constitucional y atender la problemática que vive la población que representamos.

Quienes integramos esta Primera Legislatura debemos estar conscientes que hoy somos actores relevantes en la construcción del marco jurídico constitucional, por lo cual debemos tomar con gran responsabilidad esta enmienda y actuar con convicciones democráticas para poder legar una Ciudad y un país garante de derechos y libertades para todos.

*Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Verde ­Ecologista de México en el ­Congreso de la CDMX.