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Prohibidos en CDMX, velorios y necropsias a víctimas de COVID

El protocolo para quienes fallecen por el virus fue presentado ayer y, como se esperaba, especifica las restricciones en el manejo de cadáveres, pero también ofrece una alternativa para la despedida última

Prohibidos en CDMX, velorios y  necropsias a víctimas de COVID

Prohibidos en CDMX, velorios y necropsias a víctimas de COVID

La Crónica de Hoy / La Crónica de Hoy

El Protocolo de Manejo de Cadáveres por COVID-19 en la Ciudad de México establece, antes que nada medidas restrictivas, e manejo de los casos será sin necropsias, ni traslados al extranjero o fuera de la ciudad, pero cede en un punto: aconseja no realizar actos funerarios, pero termina permitiéndolos, con hasta 20 personas y sin sin contacto con el cadáver.

Rosa Isela Rodríguez, Secretaria de Gobierno capitalina, informó sobre el nuevo protocolo e indicó que si, pese a la recomendación de la autorida, “los familiares deciden realizar una ceremonia de despedida a sus difuntos, estas reuniones no deberán exceder de 20 personas”.

Lo que se vigilará es que el proceso de cremación no se vea entorpecido por factores burocráticos; lo que no estará permitido es el velorio del cuerpo propiamente dicho, este seguirá un curso ágil hacia el manejo que evite que sea fuente de contagio.

La funcionaria del Gobierno de la Ciudadana aseguró que facilitará la realización de los trámites jurídicos que correspondan y la cremación e inhumación de los cuerpos será gratuita para aquellas personas que tengan la necesidad de este servicio.

Estas medidas deberán empezar a aplicarse a partir del día de hoy, tras su publicación oficial en la Gaceta Oficial de la CDMX.

El documento fue diseñado con el apoyo de un equipo multidisciplinario de especialistas, la Secretaría de Gobierno, la Secretaría de Salud, la Secretaría de Seguridad Ciudadana, la Consejería Jurídica, la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil, la Secretaría de Obras y Servicios, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, el Instituto de Ciencias Forenses y la Fiscalía General de la Ciudad de México, basándose en prácticas establecidas de manera internacional.

En conferencia de prensa, Rodríguez señaló que esta pandemia ha obligado a las autoridades extremar medidas por lo que adelantó que los cuerpos de los fallecidos deberán ser entregados en bolsas especiales a los servicios funerarios, que deberán permanecer cerradas y selladas.

Por su parte, Néstor Vargas Solano, Consejero Jurídico y de Servicios Legales Actuación Interinstitucional explicó que el "Protocolo de Manejo de Personas Fallecidas por Sospecha o Confirmación de COVID-19" establece tres posibles escenarios en los que se pueden presentar un fallecimiento por COVID-19.

Por lo que las medidas que se deben seguir variarán dependiendo de si la persona falleció en un domicilio, en un hospital o en la vía pública.

En el primer escenario, los familiares deberán dar aviso inmediato a la policía, a Locatel o al 911 para que cualquiera de estas dependencias informe al centro de mando que estará establecido las 24 horas, los siete días de la semana, que comunicara la situación a la Secretaría de Salud para que personal de esta Secretaría acuda al domicilio para emitir el certificado defunción.

En este certificado de defunción estará establecido si es que la muerte fue por COVID, confirmada o por sospecha. Si es que se confirma la muerte por COVID la Secretaría de Salud, específicamente, la Agencia de Protección Sanitaria, deberá realizar un proceso de sanitización en el domicilio donde ocurrió el deceso.

Si la muerte ocurrió en un hospital público o privado el responsable será la Secretaría de Salud quien también deberá emitir un certificado defunción y proceder a la posterior sanitización del centro médico.

Cuando la persona fallecida no tenga familiares que dispongan del cadáver, deberá intervenir la Fiscalía General de Justicia en coordinación con el INCIFO, quienes también darán aviso a la Comisión de Búsqueda de la Ciudad de México para que activar los protocolos de búsqueda de los familiares o de las personas cercanas a la persona fallecida y poder realizar los trámites pertinentes ante el Registro Civil.

Vargas Solano señaló que de ser necesario se ampliará a 24 horas el horario de servicio del Registro Civil además de que serán instaladas de este servicio.

Las autoridades capitalinas aseguraron que mantener una estrecha con las empresas que se dedican a cremar los cadáveres, tanto privadas como públicas, en las seis alcaldías que tienen hornos crematorios y con todos y cada uno de los alcaldes, en virtud de la disponibilidad de las fosas en caso de que se realicen las inhumaciones.