Se creará el Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis
"Corresponde al gobierno federal, a través de la Secretaría de Salud, del Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis y de las autoridades competentes, el control y la regulación de los actos inmersos en el objeto de la ley"
Tras recibir la minuta del Senado en la que se aprobó el uso de la mariguana, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó a las comisiones de Justicia y Salud el documento para elaborar un dictamen con el fin de crear el Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis, como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud, para ejercer la rectoría sobre la cadena productiva de esta planta y sus derivados, así como su consumo.
En sesión semipresencial, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó a comisiones la minuta que expide la Ley Federal para la Regulación del Cannabis y reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal.
Esta ley específicamente busca regular el uso del cannabis y sus derivados, bajo el enfoque de salud pública, derechos humanos y desarrollo sostenible, además de prevenir y combatir las consecuencias del consumo problemático del cannabis sicoactivo y contribuir a la reducción de la incidencia delictiva vinculada con el narcotráfico, fomentando la paz, la seguridad y el bienestar individual y de las comunidades.
También, el de almacenar, aprovechar, comercializar, consumir, cosechar, cultivar, distribuir, empaquetar, etiquetar, exportar, importar, investigar, patrocinar, plantar, portar, tener o poseer, preparar, producir, promover, publicitar, sembrar, transformar, transportar, suministrar, vender y adquirir bajo cualquier título, según los usos legalmente permitidos del cannabis psicoactivo y sus derivados, así como del cannabis no sicoactivo.
"Corresponde al gobierno federal, a través de la Secretaría de Salud, del Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis y de las autoridades competentes, el control y la regulación de los actos inmersos en el objeto de la ley, Normas Oficiales Mexicanas y en las disposiciones aplicables. En el mismo sentido, las autoridades de las entidades federativas, alcaldías de la Ciudad de México y municipios tendrán la intervención que la reglamentación les señale en la materia, de acuerdo con la Mesa Directiva.