¿Qué es lo estratégico y lo prioritario? (parte II)

Lo estratégico, desde que se incluyó en la Constitución en los artículos 25, 27 y 28 en 1982, significa aquella actividad reservada en exclusiva para la dirección y explotación del gobierno, sin que haya posibilidad jurídica de que un particular la lleve a cabo y, por lo tanto, está prohibida su concesión. En este sentido, entre otros sectores, los hidrocarburos y la electricidad hasta 2015 fueron explotados, explorados, generados, distribuidos y comercializados en forma exclusiva por organismos públicos descentralizados, PEMEX, CFE, Luz y Fuerza del Centro y sus filiales, con distintos modelos de gestión.

CFE Unidades de la CFE

La reforma energética de Peña Nieto, que convierte a PEMEX y CFE en empresas productivas del Estado, que son parte del sector público ampliado, con un gobierno corporativo, un régimen especial de contratación y financiero y una forma distinta de rendición de cuentas. Esta circunstancia siempre generó cierta molestia en la SHCP, que se resistió a perder del control sobre estas empresas públicas y las incluyó en la relación de entidades paraestatales sin que esto fuera procedente, ya que no son propiamente parte de la administración pública descentralizada en su carácter de corporaciones propiedad del gobierno.

Por lo tanto, independientemente del cambio de naturaleza jurídica de PEMEX y CFE, que dejaron de ser organismos públicos descentralizados, nunca perdieron la categoría de empresas públicas, ni el presidente perdió el poder de nombramiento sobre el titular de la dirección general. Aunque se estableció un diseño institucional para que fueran más competitivas en los mercados externo e interno de energía, con base en las mejores prácticas, que hoy son, según la iniciativa, neoliberales e impuestas por agentes internacionales.

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Esta explicación permite comprender el sentido de la reciente reforma aprobada. PEMEX y CFE, aparentemente regresarán a un mayor control del gobierno y tendrán ventajas y privilegios en el mercado derivado de lo que se disponga en las leyes secundarias. En realidad, nada se sabe con precisión sobre el modelo del segundo piso de la 4T y sólo hay algunas líneas de acción bosquejadas. En ese sentido, la secretaria de Energía, Luz Elena González, señaló que se va a “permitir una participación ordenada acorde a las necesidades por cada una de las regiones del país, se va a favorecer la generación de energía limpia y renovable, así como un esquema equilibrado de distribución de beneficios”, en un esquema del 54 % para la CFE y el resto para los particulares.

Es falsa la narrativa que ahora las empresas productivas del Estado son privadas y, si bien deben obtener utilidades por mandato, cualquier rendimiento que produzcan debe entregarse a su dueño, que es el gobierno, y éste incorporarlo al presupuesto para que haya mayor disponibilidad para crear infraestructura o aumentar el gasto social. Es deseable que este último se orientara a la salud y la educación. La narrativa parte del supuesto de que la redacción vigente tenía como propósito que los particulares se adueñaran de los recursos e infraestructura del servicio público de energía eléctrica y que el despacho económico del mismo otorgaba ventaja a las empresas privadas. Este es un debate casi esotérico.

En esencia, el cambio propuesto consiste en hacer explícito el objetivo de la rectoría del Estado que es la “autosuficiencia energética de la nación y la provisión al pueblo de la electricidad al menor precio posible” con base en darle mayores prerrogativas a las empresas del gobierno en este mercado. Así, en caso de que se modifiquen los artículos señalados, se dará herramientas políticas para que el contribuyente mexicano sea quien subsidie los números rojos de las empresas públicas, que no estarán obligadas a ser productivas, sino garantizar la soberanía energética, cuyo alcance y sentido determinará el Poder Ejecutivo.

Un aspecto que preocupa es “el concepto de servicio público estratégico” que se pretende incorporar a la Constitución para referirse al servicio de internet que presta el Estado. Esto puede mover a la confusión e interpretarse que esta actividad será exclusiva del gobierno. Esto último sería un auténtico desastre para el desarrollo de las TIC en nuestro país. Sin embargo, de la exposición de motivos el término estratégico en este sector se emplea como sinónimo de importante o de una tarea necesariamente planeada, con lo que se pretende mandar el mensaje que la incorporación al mundo virtual de todos los mexicanos debe ser en igualdad de circunstancias, que reduzcan o hasta eliminen las brechas digitales, es una de las acciones principales que debe promover la empresa pública del Estado.

La reforma aprobada en el Senado tiene un alto contenido ideológico con pocos efectos jurídicos y algunas imprecisiones de técnicas que pueden provocar confusión. El alcance de la misma se contendrá en las reformas de las leyes secundarias, que es previsible que sean muy similares a las aprobadas y declaradas inconstitucionales en el sexenio pasado. No hay más certeza sólo promesas para no espantar la inversión, pero, como decía mi abuelita, obras son amores, no buenas razones.

Profesor de la Universidad Panamericana

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