En mis dos últimas colaboraciones, expliqué que las reformas constitucionales, en materia ferroviaria y energética, recientemente aprobadas eran narrativas, más que cambios jurídicos sustanciales y que era necesario esperar a la legislación secundaria para conocer con precisión las líneas de acción del gobierno de Claudia Sheinbaum, quien en las mañaneras del pueblo ha manifestado su intención de que la administración pública centralizada asuma más responsabilidades, se reduzca la autonomía de órganos subordinados y no subordinados al Ejecutivo y se limite la acción de los particulares en la gestión de lo público.
Dichas reformas forman parte de una constitucionalidad transformada expresada en la desintegración de la SCJN, el “blindaje” de la constitución, la remoción de magistrados y jueces, la limitación de los efectos de las suspensiones de los juicios de amparo, el reconocimiento de la personalidad jurídica a los pueblos originarios y afromexicanos y los anunciados procesos de desaparición de órganos constitucionales autónomos como el INAI, la COFECE y el IFT, así como la reforma estructural del INE, reducción de diputados y senadores, eliminación de reelección de estos últimos y eliminación de los subsidios a los partidos políticos.
Las opiniones de los expertos, juristas de derecho público y politólogos, están divididas en dos bandos: a) quienes consideran que es un camino hacia el autoritarismo del siglo XX, con un modelo de partido hegemónico y b) quienes sostienen que es una renovación de la vida pública nacional por la existencia de grupos privilegiados, que se beneficiaron de las reformas constitucionales del periodo 1982-2018.
Esta semana se publicaron tres reformas constitucionales; además renunciaron 8 ministros y declinaron a participar en las elecciones al cargo 845 magistrados y jueces por dignidad, convicción o mandato constitucional; se eligieron los quince notables que integran los comités de evaluación del poder judicial; se presentó el proyecto de sentencia de las acciones de inconstitucionalidad en contra de la reforma judicial y se exaltaron los ánimos en los tres Poderes de la Unión, en donde se dijeron de todo, entre amenazas y descalificaciones mutuas. En síntesis, los titulares de los órganos de Estado dieron razones suficientes a los actores económicos para estar intranquilos respecto a la certidumbre jurídica futura.
En este momento, poco se conoce de las formas jurídicas concretas que asumirá la constitucionalidad transformada. Hoy es norma vigente que el servicio de internet que provea el Estado sea una actividad estratégica, lo que puede provocar una confusión que afecte la participación de los particulares en el sector.
Otro frente jurídico abierto a la incertidumbre es el artículo tercero transitorio del decreto publicado el 31 de octubre, en materia energética que deroga los transitorios de la reforma del Pacto por México de 2013, que abrió los mercados de hidrocarburos y electricidad a la participación de los particulares y surge la duda si ¿La Ley de la Industria Eléctrica, que fue declarada inconstitucionalidad por la vía del juicio de amparo e intentó cambiar el modelo de operación establecido en los transitorios del decreto del 20 de diciembre del 2013, se aprobará en sus términos actuales por el Congreso de la Unión o habrá una nueva? Ya se anunció que la participación en generación de energía eléctrica será del 54 % CFE y 46 % privados, pero ¿cómo se garantizará en la ley secundaria? ¿Esta será suficiente ante la posibilidad constitucional de que cualquier contrato se termine en forma anticipada por razones de soberanía energética o prebendas de las ahora empresas púbicas del Estado que deben evitar el lucro?
Lo cierto es que las asignaciones de contratos a los particulares continúan; CFE y PEMEX y sus filiales no serán organismos públicos descentralizados; los ministros continuarán en su encargo hasta el 31 de agosto de este año; las leyes secundarias no se conocen; hay un ambiente de crisis entre los poderes; los comités de evaluación del Poder Judicial son mayoritariamente oficialistas, salvo el designado por la SCJN, lo que pone en riesgo el principio de independencia judicial; los ministros renunciantes, acusados por la presidenta de sólo buscar su provecho económico, expresaron sus visiones sobre la reforma judicial que rechazan, pero acatan; los magistrados y jueces acudieron al Senado a entregar sus renuncias bajo protesta, y los empresarios están a la expectativa. Además, se presentó el proyecto de reforma de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal sin cambios estructurales profundos. La iniciativa sólo distribuye facultades entre dependencias y concentra otras, con lo que es previsible la desaparición de organismos públicos descentralizado, pero nada más.
Este es el contexto de la constitucionalidad transformada, ser más cuidadosos con los tiempos políticos debiera ser importante. Hoy se celebra como una victoria la ratificación de las reformas constitucionales por las legislaturas locales en menos de 24 horas, pero lo enojos e insatisfacción no expresados que estos aceleramientos ocasionan pueden ser un factor negativo para el gobierno que comienza cuando afloren al tiempo.
Profesor de la Universidad Panamericana
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