
El jueves 13 de marzo la presidenta Sheinbaum presentó a la Cámara de Diputados el proyecto de decreto por el que se expide la NLAASSP y se reforman y adicionan disposiciones legales relacionadas, con el que se pretende abrogar la normatividad vigente desde el año 2000 y profundizar en las tendencias de modernización de la contratación pública, con miras a favorecer a la Administración Pública Federal en sus transacciones y, simultáneamente, incorporar una visión más allá de lo económico en la materia e incluir innovaciones administrativas y tecnológicas.
La exposición de motivos destaca que los antecedentes normativos datan de 1965, pero su sistematización es posterior con la ley de 1985, que, con base en la reforma constitucional del artículo 134 de 1982, hace énfasis en que las contrataciones públicas tienen como finalidad obtener “las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes”, como las que agrega el proyecto que son el crecimiento económico, la generación de empleo, la eficiencia energética, el uso responsable del agua, la optimización y uso sustentable de recursos, así como al medio ambiente.
En la exposición se hace un reconocimiento explícito que en los últimos cuarenta años se ha dado un avance institucional, pero también que es necesario hacer énfasis en que el Estado debe darle un sentido de responsabilidad social a sus actividades económicas y crear mecanismos para apoyar a grupos de atención prioritaria, impulsar compras verdes e impulsar a las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPyMES) y se explica el nuevo esquema organizacional implantado en la reforma del 30 de noviembre de 2018, cuyo principal rasgo ha sido la centralización en la toma de decisiones.
Esta iniciativa retoma “Estrategia integral del nuevo Sistema Nacional de Contrataciones Públicas” elaborada en la oficialía mayor de la SHCP, cuyo titular era la actual secretaria Buenrostro, que impulsó la consolidación de las compras, los acuerdos marcos, la tienda digital del gobierno federal, la austeridad republicana, la generalización de oferta subsecuente de descuento (subasta inversa) y la supervisión de las contrataciones entre entes públicos, entre otros. También relata la inconsistente distribución de competencias en materia de contratación entre la SFP y la SHCP y el retorno al modelo en el que la primera, hoy denominada SABG, dicta las políticas de contratación y la segunda realiza y supervisa los procesos de contratación.
Las innovaciones de la NLAASSP es el cambio de denominación de contrato marco a acuerdo marco, la creación del Comité de Contrataciones Estratégicas integrado SABG, SHCP y SE, que realizará una investigación de mercado para hacer un análisis de los bienes y servicios susceptibles de ser contratados en forma consolidada, y la incorporación de dos nuevos esquemas de contratación pública, como excepciones de la licitación, que provienen de las mejorar prácticas de la Unión Europea, que son el diálogo competitivo y la adjudicación directa con estrategia de negociación, que serán competencia sólo de la SHCP con la participación de la SABG.
El diálogo competitivo es un procedimiento que permite la incorporación, en los sectores de amplia especialización, de los avances del mercado en la contratación pública y la adjudicación se otorga entre los postulantes precalificados y es adecuado para proyectos complejos y de alta inversión de capital y plazo de planeación y ejecución como puede ser una asociación pública-privada o un proyecto de prestación de servicios integral.
La adjudicación directa con estrategia de negociación es un procedimiento abreviado en los casos de urgencia, como la compra de las pipas en Nueva York en 2019 para sustituir el transporte de combustible por ductos atacados por el huachicoleo o de biológicos (vacunas) con la pandemia del COVID 19. Esta figura de alguna forma ya está considerada en las excepciones que establece la ley vigente, pero por los tiempos recortados y el elemento “negociación”.
Otras figuras que se incorporan en la NLAASSP son los diálogos estratégicos, con los proveedores de un sector, con base en una convocatoria pública, la inclusión de los elementos mínimos para que proceda la contratación entre entes públicos y procedimientos específicos o condiciones favorables para sociedades cooperativas, MIPyMES y grupos de atención prioritaria.
En síntesis, la iniciativa innova en lo expuesto y ajusta los procesos de sanción, conciliación y testigos sociales, pero en general, sigue dos tendencias: el proceso de institucionalización de las compras públicas iniciado en 1985 con la primera legislación sistemática de esta actividad económica y la concentración de facultades en las dependencias globalizadoras, SABG y SHCP, es decir, la centralización de la toma de decisiones. Hay que destacar que lo único novedoso es el enfoque a la responsabilidad social de las compras y los dos nuevos procedimientos, que son excepciones a la licitación.
Profesor de la Universidad de las Américas Puebla
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