Opinión

¿Nuevos partidos?

Aún no acaba el proceso electoral, y ya se habla de nuevos partidos políticos. ¿Cómo se hace un partido en México?, ¿cuándo puede hacerse?, ¿qué trámites se siguen? Aquí voy a abordarlos brevemente.

Debemos distinguir entre dos tipos de partidos, según la legislación electoral mexicana: los partidos con registro nacional, y los partidos políticos locales. Los primeros compiten en todas las elecciones, tanto municipales, estatales o nacionales; y su registro es ante el Instituto Nacional Electoral (INE). Los segundos, sólo tienen registro ante el organismo electoral de un estado, y sólo pueden competir en el estado en que tienen registro, para las elecciones locales y municipales.

Me voy a centrar solamente en los primeros, en los partidos nacionales.

Las organizaciones de ciudadanas y ciudadanos que buscan constituirse como un partido requieren redactar tres tipos de documentos, que en conjunto se suelen llamar “Documentos básicos”: declaración de principios, donde van a plasmarse sus principios e ideología; estatutos, que son sus reglas internas; y programa de acción, el dibujo de lo que buscarán hacer para cumplir con sus metas.

Desde luego deben contar con un emblema y colores que los identifiquen.

El procedimiento para la constitución de partidos debe realizarse a partir del año siguiente a la elección presidencial, arrancando con una notificación formal al INE. Sólo para ilustrar, en el proceso anterior de constitución de partidos políticos, en 2019, el INE recibió 106 de estas notificaciones.

106 notificaciones de intención, de las que fueron procedentes 89, 7 solicitaron formalmente su registro, 3 lo obtuvieron, y en las elecciones de 2021 los tres partidos nuevos perdieron el registro.

Pero sigamos. Estas organizaciones ciudadanas deben demostrar tener al menos 3,000 militantes en 20 entidades, o 300 militantes en 200 distritos. En todo caso, no debe ser menor al 0.26% del Padrón Electoral de la elección anterior; si mis cálculos son correctos, eso quiere decir que, para que las próximas agrupaciones ciudadanas lleguen a partidos, al menos deberán contar con 256,696 militantes. Cada una.

Para lograrlo, deberán realizar asambleas, ya sea 20 estatales o 200 distritales, según decidan. En esas asambleas, en las que además se pueden realizar afiliaciones, deberán aprobarse los documentos básicos ya citados. Además, se deberán elegir delegadas y delegados para las asambleas nacionales, en las que se aprueben también tales escritos.

También podrán darse afiliaciones fuera de las asambleas. Incluso en el proceso pasado de constitución de partidos políticos, el INE diseñó y autorizó una aplicación para que estas afiliaciones se hicieran mediante teléfonos inteligentes.

Durante todo este proceso, deberán informar al INE del origen, monto y aplicación de sus recursos, porque las organizaciones que se sueñan partidos están sujetas a la fiscalización electoral.

Veremos si, en la realidad, se realizan intentos, exitosos o no, de constitución de nuevos partidos políticos.