Opinión

Por la reforma radical al Poder Judicia

El día de ayer se llevó a cabo en la Biblioteca de México que está dentro del edificio de La Ciudadela, el foro: «Reforma al Poder Judicial y sus Efectos en Beneficio de la Ciudad de México», que estuvo presidido por las ministras Yazmín Esquivel y Loretta Ortiz. Las ministras explicaron y detallaron algunos temas de interés de la iniciativa del Ejecutivo para reformar al Poder Judicial de la Federación. En dicho encuentro participé con una ponencia de la cual extraigo algunos puntos que considero importantes respecto a la necesidad imperiosa para que se apruebe esta reforma.

Nos encontramos a casi dos meses desde que se retomó el debate a nivel nacional sobre la reforma al Poder Judicial que propuso el presidente de la República, que indudablemente será la más importante en más de un siglo. Como toda reforma estructural encuentra opositores, sobre todo del conservadurismo. Cuáles son los argumentos más reiterados por esa corriente, señalemos cuatro: 1.- Al ser electos por voto popular los juzgadores perderán su independencia y podrán ser apoyados por los partidos políticos. 2.- Solamente en Bolivia los jueces son electos por el pueblo y esto ha sido un fracaso. 3.- Se dejará de lado la preparación para ocupar algún cargo en el Poder Judicial y en su lugar lo más importante será tener las simpatías del electorado. 4.- Por el número de jueces que hay en el país es inviable se elección a través de boletas electorales. En México solo dos de los tres poderes de la Unión se eligen democráticamente, el titular del Ejecutivo, los senadores y diputados que conforman el Poder Legislativo. En cambio, a los miembros del Poder Judicial no. Cuando se pregunta a la gente si quiere que se elijan a los jueces por voto popular; la respuesta es siempre sí. Esto es regresarle el poder originario al pueblo.  El artículo 39 de la Constitución Federal señala que la soberanía reside esencial y originalmente en el pueblo.

Ha habido un consenso en la mayoría de los foros respecto a la reforma al Poder Judicial. El diagnóstico común es que la impartición de justicia en el país se encuentra en una severa crisis. Pese a diversas modificaciones legales que se han hecho para intentar abatir estas problemáticas como: la reforma al Sistema de Justicia Penal, para la implementación de los juicios orales adversariales que privilegien el debido proceso, la presunción de inocencia y la equidad procesal, lo que se ha trasladado a las materias laboral, civil, familiar y administrativa. También hemos evolucionado los medios alternativos de solución de controversias a fin de que puedan evitar los juicios y sus calamidades. En materia laboral a nivel nacional ya se están resolviendo el 70% de los conflictos con un tiempo promedio de 45 días y en la Ciudad de México la media es de 30 días.

En esta reforma existen más coincidencias que divergencias. No hay mayor controversia para que sea sustituido el Consejo de Judicatura, para dar paso a un órgano de administración judicial y a un tribunal de disciplina, la reforma al artículo 17 de la Constitución Federal para establecer el tiempo perentorio para que sean resueltos los juicios en materia tributaria, la reducción de ministros, la eliminación del funcionamiento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en salas y la reducción de sueldos; temas que no han representado a mi juicio mayor debate. Lo más polémico sigue siendo la elección por voto popular de ministros, magistrados y jueces. Debemos tener claro que lo que se persigue es la cercanía con las personas, que no se privilegie grupos de poder contrarios al interés público, que se logre una verdadera independencia judicial sin que los funcionarios les deba nada a quienes los nombraron. Los opositores plantean que el único modelo legítimo para el nombramiento es la designación directa por el legislativo con intervención del ejecutivo, siendo ilegítimo que se realice de otra forma, menos aún con la participación directa de la ciudadanía, pretenden desconocer nuestro pasado. No conocen la historia y el que desconoce la historia está condenado a repetir los errores.

Por mencionar algunas, la constitución de 1824, las siete leyes de 1936, las bases constitucionales de 1843, el acta de reformas de 1847, la constitución de 1857 y hasta la redacción original de la constitución de 1917 previeron distintos mecanismos para el nombramiento de ministros de la corte.

Nos encontramos a días de que se apruebe la reforma al Poder judicial. Estoy seguro de que se hará con el mayor consenso posible, dando pauta para transformar a nuestras instituciones encargadas de impartir justicia. Esta reforma ayudará a que el derecho fundamental de acceso a la justicia pronta, completa e imparcial, gratuita, no sean simples postulados sino realidades. Hechos y verdades, no palabras.