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“Policías sabían que mi hija fue estrangulada, pero protegieron al sujeto, que era judicial”

Doña Irinea Buendía llevó el caso de Mariana a la Suprema Corte. La sentencia derivó en un estándar obligatorio en investigaciones sobre muerte violenta de mujeres, en un país sin tipos penales ni protocolos homólogos

feminicidios

Doña Irinea Buendía se convirtió en una especie de justiciera en casos en los cuales autoridades y/o victimarios se han coludido para encubrir o descarrilar feminicidios

Doña Irinea Buendía se convirtió en una especie de justiciera en casos en los cuales autoridades y/o victimarios se han coludido para encubrir o descarrilar feminicidios

A puro dolor y a pesar del riesgo a su propia vida y la de sus otros hijos, doña Irinea Buendía se convirtió en una especie de justiciera en casos en los cuales autoridades y/o victimarios se han coludido para encubrir o descarrilar feminicidios.

No sólo ha inspirado la lucha de otros padres con la misma aflicción, también, con ayuda de abogados sensibles a la problemática, logró llevar el caso de su hija Mariana Lima Buendía (amparo en revisión 552/2013) a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

De ese análisis y sentencia en el Máximo Tribunal del país se derivó un estándar hoy fundamental y obligatorio en investigaciones de este tipo, el cual lleva el nombre de la joven: “Todas las muertes violentas de mujeres, incluidas aquellas que parecieran suicidios o accidentes, deben iniciarse como feminicidio, y las autoridades están obligadas a determinar si hubo razones de género”.

El precepto buscó garantizar la debida diligencia y la realización de pruebas específicas para acreditar el delito.

La desgarradora pérdida de Mariana se volvió luz en el sombrío sistema legal para combatir los crímenes contra mujeres, cuya fragilidad se acentúa por vicios, indiferencia e ineptitud de autoridades investigadoras.

Dieciocho estados del país carecen de una fiscalía especializada en feminicidios; de entre las 14 en operación, la mayoría se conformó con personal de áreas como tránsito, robo u otros delitos ajenos, sin capacitación específica.

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El feminicidio ni siquiera está homologado en el país. Cada estado tiene su propio tipo penal, con razones de género dispares y subjetivas, sujetas a la interpretación de jueces o ministerios públicos.

“Seguimos viendo una diferencia en la acreditación del delito, que cruza por la voluntad política de quienes están a cargo de las fiscalías. Por eso es tan importante la sentencia de la Suprema Corte sobre el caso Mariana: detalla cuáles son los pasos a seguir en la intervención ministerial y pericial, es un protocolo de investigación con estándares internacionales en materia de derechos humanos”, afirmó a Crónica Ana Yeli Pérez Garrido, asesora jurídica del Observatorio Ciudadano Nacional de Feminicidios.

Sentencia sobre el caso de Mariana

Sentencia sobre el caso de Mariana

“Exige agotar todas las pruebas periciales para descartar abusos de cualquier tipo, incluido el sexual, y considerar el contexto criminal de discriminación o violencia. Demanda investigar con perspectiva de género y debida diligencia reforzada (un deber adicional), sancionar a los servidores públicos que incurrieron en omisiones y negligencia, por su posible obstrucción al acceso de justicia, y reparar el daño”.

INSPIRACIÓN.

Advertir la fortaleza de doña Irinea, escuchar su sabiduría construida desde la tristeza y constatar su arrojo y andar imbatible, ha servido de aliento e inspiración a muchos padres en busca de justicia para sus hijas.

Mariana, pasante de Derecho en la UNAM, se casó en diciembre de 2008 con un policía judicial, a quien conoció en Chimalhuacán, Estado de México, cuando realizaba su servicio social.

Pronto pasó de la ilusión al martirio: celos, golpes, amenazas.

El 28 de junio de 2010 -tan sólo 18 meses después del enlace- acudió a casa de su madre en Ciudad Neza para desayunar. “Ya no voy a permitir que me ponga una mano encima, lo voy a denunciar”, dijo. Se despidió al mediodía, y prometió regresar a la hora de la comida, pero ya no volvió.

Doña Irinea no supo nada de ella hasta el siguiente día, a las 7 de la mañana, cuando el yerno, a quien se ha referido siempre como el “sujeto asesino feminicida”, le llamó para decirle:

-Su hija se ahorcó…

Esa frase revivió al instante las constantes intimidaciones de aquel hombre en los meses previos: “Tengo dos mujeres metidas en la cisterna porque no me trataron como merecía”, “Dígale a su hija que me atienda bien, porque si no, ya no la verá”.

-Ya la mataste -le alcanzó a recriminar y apresuró su traslado a la vivienda de alambrón donde vivía su hija, en Chimalhuacán.

“Vimos a Mariana acostada en la cama, nunca colgada, su cuerpo estaba completamente golpeado: el golpe más grande en la entrepierna, como de unos 15 centímetros, pienso que la violó. Tenía además un pedazo de labio arrancado. Lo único que vimos en la pared fue un cordón de 5 milímetros de diámetro y una armella para cortinas”.

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Aquella escena inverosímil llevó a Irinea a simular con su propio cuerpo y múltiples tipos de hilo, pruebas de resistencia. “Me ahorqué para ver cómo quedaba la marca del hilo en el cuello, no correspondía a la que tenía mi hija. Los policías y peritos supieron desde el principio que la habían estrangulado, pero como el sujeto era judicial, lo protegieron”.

Como era de esperarse, se determinó el no ejercicio de la acción penal. Ahí comenzó el pedregoso derrotero de la familia Buendia en busca de justicia. Doña Irinea compraba libros sobre derecho para estudiar y, con argumentos, enfrentar a ministerios públicos y jueces.

Vinieron más de dos años de audiencias, impugnaciones, amparos… “Con el último de los amparos acudimos a la Suprema Corte, que en septiembre de 2013 atrajo el caso por su interés y trascendencia. El 25 de marzo de 2015 se dictó la sentencia Mariana Lima Buendía: regularmente no les ponen nombre, pero mi esposo y yo lo solicitamos en honor a mi hija. La Procuraduría del Edomex fue obligada a conformar un equipo multidisciplinario con perspectiva de género para reencauzar la investigación”.

El cuerpo de Mariana fue exhumado en septiembre de 2015. Intervinieron distintos peritos de la Fiscalía local, de la entonces PGR e independientes (del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio). Tras 15 meses de investigación, se desechó el suicidio como causa de muerte. “Fue asfixia mecánica por estrangulación armada”.

El caso se judicializó y el 23 de junio de 2016 fue detenido el feminicida, a quien le dictaron el auto de formal prisión.

Apenas hace tres meses se ordenó el cierre de la instrucción, posteriormente se entregaron conclusiones y aún se está a la espera de una sentencia, después de 12 años y medio del feminicidio y casi siete años de la sentencia de la SCJN.

“Esperamos la máxima sentencia condenatoria, porque Mariana tenía 29 años y un proyecto de vida que le truncaron”, expresó esta madre invencible, cuya seguridad gravita en torno a un botón de pánico. “El asesino ya no tiene nada que perder, sé que corro riesgos, como mis otros hijos, a quienes también han intentado matar, pero todo vale la pena por la memoria de mi hija”.

SIN JUSTIFICACIÓN.

Uno de los resolutivos de la sentencia conocida como “campo algodonero” (sobre la desaparición de ocho jóvenes en Ciudad Juárez), emitida en 2009 por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, obliga al estado mexicano a adoptar protocolos especializados en la investigación de muertes violentas de mujeres, con perspectiva de género, la cual se enfoca a la violencia ejercida en el cuerpo de las mujeres por relaciones de desigualdad.

Sin embargo, tras más de 13 años de aquel fallo, estados como Tamaulipas, Durango, Baja California Sur, Michoacán y Nayarit carecen de protocolos. Los aprobados en otras entidades tampoco están estandarizados, como mandató la CIDH.

-¿Qué institución debería homogeneizarlos? -se preguntó a la abogada Pérez Garrido.

-De manera natural, la Fiscalía General de la República. Pero al ser la institución que dirige la política pública afín, debe participar también la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM), rectora en cuestiones de género y más cercana a las organizaciones.

Sin embargo, apuntó, “el que un estado o fiscalía carezca de un protocolo no es justificación para ignorar los lineamientos ya establecidos por la Comisión Interamericana, la Suprema Corte y otras instituciones nacionales e internacionales, los cuales son obligatorios. Sobran protocolos, lo que falta es voluntad política, interés, capacidad técnica para investigar. De ahí la impunidad reiterada y sistemática”.

RETOS DE UN PROTOCOLO

-Especificar desde el inicio diligencias particulares, enfocadas a la acreditación de las razones de género.

-Deshechar los peritajes denominados “necropsias psicológicas”, los cuales intentan estigmatizar a las víctimas por su personalidad, uso de alcohol y drogas, relaciones sexuales promiscuas o relaciones dependientes.

-Realizar peritajes sociales que ayuden a contextualizar los antecedentes de violencia en el ámbito privado y público de las víctimas.

Fuente: OCNF